entrada a españa,estancia,reagrupacion familiar ascendiente

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wisdom
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entrada a españa,estancia,reagrupacion familiar ascendiente

Mensaje por wisdom »

Hola a todos.Deseo si alguien sabe orientarme un poco sobre un tema de extranjeria.
Mi suegra ha estado de vacaciones con visado schengen de turista durante 3 meses en españa.Puede solicitar ya otro visado por 3 meses y volver a españa o debe esperar 3 meses mas en su pais y volver luego?
El visado multiple de estancia,¿permite estar 6 meses al año en españa?Ya que leo 3 meses por semestre o sea 6 meses al año.¿Que requisitos suelen pedir para ese visado?
Y la reagrupacion familiar con español,¿puedo yo reagrupar a mi suegra o debe ser mi esposa quien la reagrupe?Segun el real decreto 240/07 los ascendientes de español o ascendientes de conyuge de español se realizara por el regimen general,pero al resto de comunitarios lo pueden hacer por el regimen comunitario.O sea un ingles que tiene suegra extracomunitaria le es facilisimo traerla a vivir a españ,pero en cambio un español le ponen monton de requisitos casi imposibles de reunir.Yo soy español de toda la vida,mis padres,abuelos,tatarabuelos etc españoles,o sea que soy español de origen no nacionalizado.Yo creo esa ley la han puesto asi pensando en cuanta cantidad de extranjeros especialmente de latinoamerica piden la nacionalidad y entonces luego quedrian reagrupar,pero creo deberian pensar tambien los españoles de siempre tenemos famliares extranjeros.
Otra tema es lo de lo que piden en aeropuertos o que pueden pedir al viajero.¿Aun teniendo visado pueden pedir 60 euros diarios por persona y por dia de estancia y seguro de viaje y billete de ida y vuleta y carta de invitacion y si no lo lleva deportarlos?Mi sugra ha venido a españa y un primo de mi esposa tambien juntos y no les han pedido nada,pero si les pedian no llevaban dinero.¿es que yo no puedo mantener a mi suegra?¿yo no puedo invitar a mi suegra a españa y decir que me hago cargo yo de su manutencio?Ya que l acarta de invitacion solo pone sobre el alojaminento.Mi esposa y yo hemos tenido un bebe y por eso ha venido,y es su unica hija y unico nieto y es muy triste que no pueda estar con nosotros culpa de las leyes de inmigracion.Mientras estaba aqui mi suegra nos ayudaba con el bebe,la casa,hacer la comida etc etc y ahora debe hacerlo todo mi esposa y ademas no puede trabajar por que no tienen con quien dejar el bebe,cosa que hacia mi suegra quedarse con el bebe,¿por que hacen esto el gobierno con los españoles?¿van a jodernos a los espñoles,atentan contra nuestras unidad familiar?
¿Alguien tiene experiencia en reagrupacion familiar de ascendiente del conyuge de comunitario?
Mi familia son de una isla del pacifico sur.Pongo en este foro,ya que las leyes de inmigracion son iguales para cualquier extracomunitario y no hay personas de su pais en españa y muy pocos en europa.
Muchisimas gracias

casarusia
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Re: entrada a españa,estancia,reagrupacion familiar ascendiente

Mensaje por casarusia »

Un tema complicado, la legislación sobre extranjería en este país, pero vamos a intentar echarte un cable en la medida de nuestras posibilidades.
wisdom escribió:Mi suegra ha estado de vacaciones con visado schengen de turista durante 3 meses en españa.Puede solicitar ya otro visado por 3 meses y volver a españa o debe esperar 3 meses mas en su pais y volver luego?
Puede estar un máximo de 90 días por cada 180. Si ha estado tres meses de tirón, hasta dentro de otros 3 meses no puede tener un visado válido, al menos de este tipo (por invitación personal, se entiende). Los requisitos supongo que pasan por cursar la solicitud de la carta de invitación para que luego en el consulado correspondiente pueda pedir el visado. Los requisitos parece que varían en función de la comunidad autónoma, provincia o distrito en el que te toque.
wisdom escribió:Y la reagrupacion familiar con español,¿puedo yo reagrupar a mi suegra o debe ser mi esposa quien la reagrupe?
Puedes ser tu, puesto que tu suegra es ascendiente colateral.
wisdom escribió:Segun el real decreto 240/07 los ascendientes de español o ascendientes de conyuge de español se realizara por el regimen general,pero al resto de comunitarios lo pueden hacer por el regimen comunitario.O sea un ingles que tiene suegra extracomunitaria le es facilisimo traerla a vivir a españ,pero en cambio un español le ponen monton de requisitos casi imposibles de reunir.
Así de jodido es. Creo que ese RD está en el TC puesto que rezuma inconstitucionalidad por todas partes. Cualquier ciudadano europeo que no sea español puede ir con su suegra no comunitaria a una oficina de extranjería y previa presentación de los documentos exigidos, prácticamente sale con la tarjeta de residencia en la boca. Un español tiene que hacerlo por el mismo procedimiento que un chino, un argelino, etc... comparación hecha con todo el respeto.
wisdom escribió:Yo soy español de toda la vida,mis padres,abuelos,tatarabuelos etc españoles,o sea que soy español de origen no nacionalizado.Yo creo esa ley la han puesto asi pensando en cuanta cantidad de extranjeros especialmente de latinoamerica piden la nacionalidad y entonces luego quedrian reagrupar,pero creo deberian pensar tambien los españoles de siempre tenemos famliares extranjeros.
Yo no se con qué intención habrán hecho la última reforma en materia de extranjería, pero la verdad que al español no es que lo haya dejado en muy buena posición para la reagrupación, por ejemplo. Ahora mismo no recuerdo si está contemplado eso de ser español nacionalizado, por si impone algún impedimento para este tipo de procedimientos, pero lo dudo. El que se hace español se hace español con todos los derechos y todas las obligaciones, supongo.
wisdom escribió:Otra tema es lo de lo que piden en aeropuertos o que pueden pedir al viajero.¿Aun teniendo visado pueden pedir 60 euros diarios por persona y por dia de estancia y seguro de viaje y billete de ida y vuleta y carta de invitacion y si no lo lleva deportarlos?Mi sugra ha venido a españa y un primo de mi esposa tambien juntos y no les han pedido nada,pero si les pedian no llevaban dinero.¿es que yo no puedo mantener a mi suegra?¿yo no puedo invitar a mi suegra a españa y decir que me hago cargo yo de su manutencio?Ya que l acarta de invitacion solo pone sobre el alojaminento.Mi esposa y yo hemos tenido un bebe y por eso ha venido,y es su unica hija y unico nieto y es muy triste que no pueda estar con nosotros culpa de las leyes de inmigracion.Mientras estaba aqui mi suegra nos ayudaba con el bebe,la casa,hacer la comida etc etc y ahora debe hacerlo todo mi esposa y ademas no puede trabajar por que no tienen con quien dejar el bebe,cosa que hacia mi suegra quedarse con el bebe,¿por que hacen esto el gobierno con los españoles?¿van a jodernos a los espñoles,atentan contra nuestras unidad familiar?
Aquí no se muy bien qué decirte. Con un visado por invitación personal, se supone que te harás cargos de todas las necesidades del extranjero mientras dure su estancia en España, por lo que no procedería exigirle que demuestre cantidad alguna de dinero, cosa que si es exigible si vienes como turista, por lógica y sentido común.

Entiendo perfectamente la situación personal que describes, pero salvo quejarte no puedes hacer otra cosa que no sea pasar por el aro del RD 240/2007 si quieres que tu suegra pueda estar por un largo periodo de tiempo.

Dura lex, sed lex.
wisdom escribió:¿Alguien tiene experiencia en reagrupacion familiar de ascendiente del conyuge de comunitario?
Mi familia son de una isla del pacifico sur.Pongo en este foro,ya que las leyes de inmigracion son iguales para cualquier extracomunitario y no hay personas de su pais en españa y muy pocos en europa.
Muchisimas gracias
Bueno, estrictamente tu mensaje sería un offtopic y tendría que borrarlo. Una isla del Pacífico Sur, a no ser que pertenezca a la Federación de Rusia o alguna de las ex-repúblicas ex-soviéticas, no debería estar aquí. Hay otros sitios web más apropiados. No obstante, ahí dejo mis comentarios a tus preguntas. Tengo experiencia legal en este tipo de reagrupación y comprendo que no resulta nada sencillo enfrentarse a ella.

Si haces una búsqueda por el foro, seguro que encuentras algún mensaje que te resultará de ayuda, puesto que como bien dices, la legislación es aplicable a cualquier extranjero no comunitario, sea ruso, chino o marciano.

Un saludo
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wisdom
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Re: entrada a españa,estancia,reagrupacion familiar ascendiente

Mensaje por wisdom »

Muchisimas gracias por tu respuesta.Es que no se de ningun otro foro de inmigracion donde pueda preguntar,como el procedimiento es igual sea de rusia,china o cualquier pais extracomunitario,lo he puesto aqui.Ya que no se donde preguntarlo.
Borralo el post ya que ya me has contestado y agradezco mucho tu respuesta.
Perdon al exponer lo de español de origen o nacionalizado,si el que se hace español lo es con todos los derechos,pero es que me da rabia ver lo que hacen con un español el gobierno.Segun se,la reagrupacion familiar de ascendiente,al menos en la provincia donde yo vivo,se deniegan el 90 por ciento,es mas,en los ultimos 4 años solo se han autorizado 1 residencia de se tipo.Y mas aun saliendo favorable el informe gubernativo,luego queda que la embajada de el visado,cosa que a veces suelen denegar tambien incluso teniendo la autorizacion de la delegacion del govienro de la provincia.
Yo estando aqui mi suegra de turista me fui a comisaria a extranjeria a pedir que queria una tarjeta de residencia y me dijeron que no sin el visado de reagrupacion y me da tanta rabia que a cualquier otro comunitario si se lo den de esta forma
Muchisimas gracias por tu respuesta Dura Lex

casarusia
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Re: entrada a españa,estancia,reagrupacion familiar ascendiente

Mensaje por casarusia »

wisdom escribió:Muchisimas gracias por tu respuesta.Es que no se de ningun otro foro de inmigracion donde pueda preguntar,como el procedimiento es igual sea de rusia,china o cualquier pais extracomunitario,lo he puesto aqui.Ya que no se donde preguntarlo.
Borralo el post ya que ya me has contestado y agradezco mucho tu respuesta.
Independientemente del origen del reagrupado, creo que el tema no es merecedor de desaparecer. La reagrupación familiar puede ser de interés a muchos de los que pasen por aquí.
wisdom escribió:Perdon al exponer lo de español de origen o nacionalizado,si el que se hace español lo es con todos los derechos,pero es que me da rabia ver lo que hacen con un español el gobierno.Segun se,la reagrupacion familiar de ascendiente,al menos en la provincia donde yo vivo,se deniegan el 90 por ciento,es mas,en los ultimos 4 años solo se han autorizado 1 residencia de se tipo.Y mas aun saliendo favorable el informe gubernativo,luego queda que la embajada de el visado,cosa que a veces suelen denegar tambien incluso teniendo la autorizacion de la delegacion del govienro de la provincia.
Yo estando aqui mi suegra de turista me fui a comisaria a extranjeria a pedir que queria una tarjeta de residencia y me dijeron que no sin el visado de reagrupacion y me da tanta rabia que a cualquier otro comunitario si se lo den de esta forma
¿Y qué provincia es esa, si se puede saber? Una sola persona reagrupada en cuatro años es una estadística increible.

Si no fueses español, tu visita a la oficina de extranjería hubiera sido productiva, pero con la legislación actual, ya sabes lo que hay.

En tu caso, pienso que tienes tres opciones:

1. Seguir funcionando con visados por invitación personal (nunca podrá estar más de 90 días por cada 180)
2. Iniciar el proceso para la reagrupación familiar de tu suegra (échale medio año como mínimo)
3. Esperar a que cambie la legislación de extranjería y ser español no añada obstáculos (Dios sabe cuándo pasará esto)

Sea como sea, suerte. Si necesitas más información, ya sabes dónde seguir escribiendo.
wisdom escribió:Muchisimas gracias por tu respuesta Dura Lex
No es que me llame Dura Lex, esta frase ("dura lex, sed lex") es un latinismo dice, que viene a significar "La ley es dura, pero es la ley".
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Re: entrada a españa,estancia,reagrupacion familiar ascendiente

Mensaje por wisdom »

Hola Administrador
Gracias por todo.
Soy de Baleares
Eso de 90 dias de cada 180,¿puede pues estar 180 dias seguidos de 360?¿puede pasar al año 180 dias ininterrumpidos en schengen?
Si hay un proceso administrativo en el tribunal constitucional ¿cuando saldra la sentencia?¿crees arreglaran lo concerniente a los ascendientes y que los españoles estemos al mismo nivel que el resto de comunitarios en breve?
¿quien es el que ha redactado esa ley?¿quien es en el gobierno el que hace las leyes de extranjeria?
cuando pregunte a la embajada del pais de mi esposa,que necesito para reagrupar,me dijeron que mi esposa es la que debe reagrupar y solo cuando tenga la residencia permanente,cosa para lo cual le quedan 3 años,pero creo no es asi,creo si puede reagrupar sin tener aun la permanente.
Ya que no dejan que mi suegra venga a vivir a españa,si yo me marcho a su pais y me quedo alli(no puedo estar mas de 2 meses de turista),solo dan permiso de residencia a extranjeros en el pais de mi esposa si alguna compañia me contratrata y para eso uno de los requisitos es ser altamente cualificado y con minimo 15 años de experiencia,o sea solo a altos ejecutivos,directivos de multinacionales,diplomaticos es a los que le dan residencia.No me sirve de nada estar casado con ella,solo puedo estar 2 meses de turista.
O sea si me voy alli para que mi esposa este con su madre y nuestro hijo,entonces me quedo ilegal en ese pais,y eso significa carcel y muchos problemas,que seran tambien problemas para la embajada española ya que soy español ya que tendran que darme asistencia,ya cuando estuve alguna vez en la embajada me dijeron que fuese alerta con lo del visado mio que no tuviesemos problemas.No podemos vivir en familia en ninguno de los dos paises por las leyes de inmigracion.¿tiene españa ayudas para españoles en el extranjero?¿ayudas economicas ya que estare en ese pais con un hijo y mi esposa,ilegal y sin trabajo,y por culpa de el gobierno de españa?
Mi suegra ira a pedir un visado de residencia a la embajada,si le dicen que no,y luego solicita uno de turista¿influira eso para que le denieguen el de turista ya que pensaran que como no le dan el de residencia se pueda quedar ilegal?
¿piensas aunque sea complicado,la reagrupacion de mi suegra es posible?El informe gubernativo al ser yo español no creo sea problema,tengo vivienda y trabajo en españa,pero la embajada puede denegar el visado aun teniendo informe gubernativo favorable.
Bueno muchisimas gracias.

casarusia
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Re: entrada a españa,estancia,reagrupacion familiar ascendiente

Mensaje por casarusia »

wisdom escribió:Eso de 90 dias de cada 180,¿puede pues estar 180 dias seguidos de 360?¿puede pasar al año 180 dias ininterrumpidos en schengen?
El máximo es de 90 días por cada 180, y un máximo de 90 días consecutivos. No puedes "juntar" estos 180 días que podría estar al año.
wisdom escribió:Si hay un proceso administrativo en el tribunal constitucional ¿cuando saldra la sentencia?¿crees arreglaran lo concerniente a los ascendientes y que los españoles estemos al mismo nivel que el resto de comunitarios en breve?
No tengo ni idea de cuándo se resolverá el recurso, pero yo no contaría con nada más que con la actual ley. Es de esperar que se equiparen derechos y los españoles tengan la misma facilidad para la reagrupación que el resto de comunitarios.
wisdom escribió:¿quien es el que ha redactado esa ley?¿quien es en el gobierno el que hace las leyes de extranjeria?
Pues se supone que el gobierno español.
wisdom escribió:cuando pregunte a la embajada del pais de mi esposa,que necesito para reagrupar,me dijeron que mi esposa es la que debe reagrupar y solo cuando tenga la residencia permanente,cosa para lo cual le quedan 3 años,pero creo no es asi,creo si puede reagrupar sin tener aun la permanente.
Esto es falso. Puedes pedir la reagrupación de tu suegra, al fin y al cabo es ascendiente directo tuyo.
wisdom escribió:Ya que no dejan que mi suegra venga a vivir a españa
Realmente si que le dejan venir a vivir, lo único que para lograr este objetivo tienes que enfrentarte a un periplo burocrático considerable.
wisdom escribió:O sea si me voy alli para que mi esposa este con su madre y nuestro hijo,entonces me quedo ilegal en ese pais,y eso significa carcel y muchos problemas,que seran tambien problemas para la embajada española ya que soy español ya que tendran que darme asistencia,ya cuando estuve alguna vez en la embajada me dijeron que fuese alerta con lo del visado mio que no tuviesemos problemas.No podemos vivir en familia en ninguno de los dos paises por las leyes de inmigracion.¿tiene españa ayudas para españoles en el extranjero?¿ayudas economicas ya que estare en ese pais con un hijo y mi esposa,ilegal y sin trabajo,y por culpa de el gobierno de españa?
Entiendo tu frustración, pero si te vas a un país (aún no se de qué país estamos hablando) y te quedas allí ilegalmente, es una decisión personal tuya, no es culpa del gobierno español. No se de qué país se trata, pero deberías de plantearte si te compensa estar allí ilegalmente simplemente para poder vivir en familia. Quiero decir que en España tienes trabajo, tienes casa, tienes una familia formada (sin suegra, pero familia)... y en caso de dejar todo esto lo tendrías que dejar para cambiar a mejor, no para cambiar a peor. Si te quedas sin trabajo, y encima ilegal en tierra extranjera, no se yo si el cambio es a mejor.
wisdom escribió:Mi suegra ira a pedir un visado de residencia a la embajada,si le dicen que no,y luego solicita uno de turista¿influira eso para que le denieguen el de turista ya que pensaran que como no le dan el de residencia se pueda quedar ilegal?
Lo más seguro es que le digan que no a su petición de visado porque no tiene autorización para solicitarlo y mucho menos para que se lo concedan. Para eso está el proceso de reagrupación familiar. Cuando pida uno de turista, vete a saber por dónde sale la cosa. En principio no debería constar que le hayan denegado uno de residencia porque nunca jamás lo pudo solicitar (dado que no tiene resuelto favorablemente la solicitaud de reagrupación).
wisdom escribió:¿piensas aunque sea complicado,la reagrupacion de mi suegra es posible?El informe gubernativo al ser yo español no creo sea problema,tengo vivienda y trabajo en españa,pero la embajada puede denegar el visado aun teniendo informe gubernativo favorable.
Lo que yo piense no tiene que coincidir necesariamente con lo que piensen las diferentes autoridades que intervengan en este proceso.

Tu puedes pedir la reagrupación. Has de reunir toda la documentación que te pidan en la oficina de extranjería de tu comunidad) e solicitar el proceso. Aunque en la actual legislación se especifica que las solicitudes de reagrupación de familiar comunitario se han de resolver en la mitad del tiempo máximo contemplado (es decir, te darían respuesta en 45 días en lugar de los tres meses), no cuentes con este plazo, puesto que el atasco burocrático que pueda tener tu oficina de extranjería puede demorar la respuesta a tu solicitud hasta 10 o 12 meses. En el caso de Baleares no creo que haya tanto atasco.

Una vez resuelta favorablemente tu solicitud, le mandas uno de los dos originales de la resolución que te enviarán a tu suegra, y ella se presentará en el Consulado de España que le corresponda en un plazo no superior a los dos meses desde la fecha de la resolución junto con toda la documentación que le solicite el Consulado. El tiempo de respuesta y posterior concesión del visado de reagrupación familiar puede variar en función del Consulado. Una vez concedido el visado, viaje a España y visita a extranjería para solicitar la tarjeta de residencia. Fin.

¿Qué te puedo comentar al margen de lo que se puede aprender leyendo las leyes aplicables? Pues que en el caso de un ascendiente es condición indispensable que puedas demostrar de forma fehaciente que existe una dependencia económica por parte del reagrupado y que en los últimos 12 meses ha recibido de forma periódica y regular dinero por parte del reagrupante. Hay otros factores que se tienen en cuenta, pero quizás este sea el más determinante para la resolución favorable por parte de la Delegación de Gobierno. Para la segunda parte, pues es indispensable no tener antecedentes penales, no tener enfermedades contagiosas....

Cada caso es un mundo, y desconozco los pormenores de tu caso, pero no tienes porqué pensar que tu solicitud de reagrupación será denegada únicamente porque en cuatro años solo han concedido una (dato que me parece un tanto exagerado). Si cumples con todos los requisitos, no debería de haber problema. Eso si, lo que un comunitario no-español haría en un cuarto de hora en España, tu lo tendrás que hacer en 6-9 meses.

Que yo sepa, no hay atajos, y hoy por hoy, es lo que hay.
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Re: entrada a españa,estancia,reagrupacion familiar ascendiente

Mensaje por moe »

A mi, en el ministerio de trabajo, me han dicho que lo de la reagrupación, es practicamente imposible. Tienes que demostrar que tu suegra depende de ti economicamente y que está desamparada en Rusia. Como me dijo una amiga, lo más fácil es contratarla para tu casa como empleada del hogar (Increible pero cierto)
Ley de Extranjería, para la Reina Sofía.
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arrhant
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Re: entrada a españa,estancia,reagrupacion familiar ascendiente

Mensaje por arrhant »

wisdom, ¿has probado a contactar con algún abogado?

Si no quieres gastar dinero, quizás en tu ciudad haya algún tipo de asesoría jurídica gratuita en temas de extranjería. En la mía lo hay, estuve ayer. :)

wisdom
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Re: entrada a españa,estancia,reagrupacion familiar ascendiente

Mensaje por wisdom »

Gracias a todos por vuestras respuestas.
Al reagrupar al ascendiente de mi conyuge,¿no tienen en cuenta para nada las personas de su nacionalidad que hay en españa?En toda Baleares mi esposa es la unica persona de su nacionalidad y en toda españa habra unas 40 personas en totla.¿no toman en cuanta esoa la hora de dar un informe de reagrupacion?Al menos cuando me case con mi esposa en su pais fue muy facil luego obtener visado para venir y libro de familia español,solamente 2 dias laborables tardo la embajada en darnos todo,visado y pasaporte.No es dificil obtener un visado de turista para españa.Pero para el visado de ragrupacion debo tener el informe gubernativo.Segun el folleto que me han dado para la reagrupacion,me exigen algo asi como 1700 euros por mes cosa que no llego ni por asomo(segun el gobierno para mantener a mi hijo,que es español,mi esposa,que esta en regimen comunitario y a la suegra cuando venga ademas del informe de vivienda.¿no tocaria ser solo 1 persona a mantener,mi suegra,en vez de tres ya que asi me pedirian 1100 euros al mes?¿por que no le piden eso a otro comunitario en españa para reagrupar?¿tampoco tienen en cuenta que no pago alquiler ya que vivo en un chalet de mi madre?Que pasa cuando a otro le piden los mismos requisitos y vive de alquiler y debe pagar 800 euros al mes de alquiler y yo no.¿no distinguen entre español de origen y nacionalizado?Si han hecho esa ley para que los nacionalizados no traigan a sus familias,¿por que no distinguen entre nacionalizados y de origen?,o por que les dan la nacionalidad si no quieren que traigan a sus familias.Que pasa con un aleman por ejemplo que es nacionalizado no de origen,que sea peruano por ejemplo nacionalizado aleman,¿lo tiene igual de faciul que un aleman de origen?

¿donde se puede consultar como esta el recurso en el tribunal supremo interpuesto contra esa ley ya que no encuentro nada?

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Re: entrada a españa,estancia,reagrupacion familiar ascendiente

Mensaje por casarusia »

wisdom escribió:¿no tienen en cuenta para nada las personas de su nacionalidad que hay en españa?
Si resolviesen en virtud de la nacionalidad, sería discriminatorio.
wisdom escribió:No es dificil obtener un visado de turista para españa.Pero para el visado de ragrupacion debo tener el informe gubernativo.Segun el folleto que me han dado para la reagrupacion,me exigen algo asi como 1700 euros por mes cosa que no llego ni por asomo
Supongo que en cada comunidad variarán los requisitos, la documentación y las exigencias, pero no deberían de exigir un mínimo de ingresos mensuales, máxime cuando esos 1700 mensuales que tu dices se sitúan muy por encima de la media salarial (real) en España.
wisdom escribió:¿tampoco tienen en cuenta que no pago alquiler ya que vivo en un chalet de mi madre?Que pasa cuando a otro le piden los mismos requisitos y vive de alquiler y debe pagar 800 euros al mes de alquiler y yo no.
Lo que legalmente debes demostrar es "disponibilidad de vivienda suficiente", aportando al efecto las escrituras o contrato de alquiler, para que el organismo oportuno (el ayuntamiento normalmente) tramite el informe correspondiente.
wisdom escribió:¿no distinguen entre español de origen y nacionalizado?
Parece ser que no. Español es español, con todos los derechos y obligaciones por igual.
wisdom escribió:Si han hecho esa ley para que los nacionalizados no traigan a sus familias,¿por que no distinguen entre nacionalizados y de origen?
No creo que esta ley esté hecha con este propósito, pero desde luego que no deja al español en buen lugar de cara a una reagrupación.
wisdom escribió:Que pasa con un aleman por ejemplo que es nacionalizado no de origen,que sea peruano por ejemplo nacionalizado aleman,¿lo tiene igual de faciul que un aleman de origen?
Pues pasa que se va con su suegra a la oficina de extranjería, aportan la documentación que se les pida y salen con el resguardo de la tarjeta de residencia en la mano.
wisdom escribió:¿donde se puede consultar como esta el recurso en el tribunal supremo interpuesto contra esa ley ya que no encuentro nada?
No se donde puedes encontrar esa información... un abogado especializado en extranjería, o en alguna web de extranjería puede que localices información.

Personalmente pienso que en algunos sitios pueden estar pidiendo más de lo que legalmente deberían para poner trabas y que más de uno se eche para atrás. El hecho de que tu -español de pura cepa si te quieres llamar así- y no tu mujer -extranjera- sea quien pida la reagrupación, es un hecho que pienso que tienen en cuenta, aunque no esté escrito como norma.

Si te decides a iniciar el proceso de reagrupación familiar y preparas bien la documentación que presentarás con tu solicitud, no deberías de tener problemas, siempre y cuando cumplas con todo lo que se puede considerar básico (que a mi juicio es: tener una vivienda mínimamente digna disponible; trabajar y tener ingresos; demostrar que existe una dependencia económica con respecto a ti y tu mujer de ese ascendiente a reagrupar; y que tu suegra no está fichada por la Interpol).

La negativa la tienes de antemano, todo lo positivo que llegue, bienvenido será. Que te denieguen la solicitud no te inhabilita para volver a pedirla al día siguiente o que tu suegra se venga de turista una temporada.
Casa Rusia
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Re: entrada a españa,estancia,reagrupacion familiar ascendiente

Mensaje por wisdom »

Hola de nuevo.
Segun leo en un post en este forum van a endurecer la reagrupacion familiar o en todo caso van a excluir a los ascendientes de la reagrupacion familiar y quieren poner esa ley para que entre en vigor este otoño.¿incluira eso tambien a los ascendientes del conyuge de un español?¿ya no seran reagrupables los ascendientes de español o su conyuge?¿y los ascendientes extracomunitarios de un ciudadano comunitario no español residente en españa si podran ser reeagrupados y tan facilmente como hasta ahora y en cambio yo por ser español no podre ya reagrupar a la madre de mi esposa?
Yo deseo presentar toda la documentacion a la correspondiente delegacion del gobierno
el 1 de Octubre,aunque no cumplire uno de los requisitos que exijen,el de disponer de 1700 euros al mes de ingresos(que es lo que piden para poder reagrupar una persona,ya que tengo a mi cargo a mi esposa y a mi hijo),en al apartado miembros de la famil9a que dependerian economicamente del reagrupante ,¿hay que tener en cuenta tambien a mi esposa(que esta en regiemen comunitario por estar casada conmigo) y a mi hijo(que es español)?Bueno espero pasen por alto ese punto,ya que esos requisitos en principio son para extranjeros reagrupar a sus familias y mi caso es que soy español y de todal la vida.
En caso que la concediesen,una vez concedido ese permiso¿,cuanto tiempo hay para solicitar la reagrupacionen la correspondente embada,y luego en caso la embajada lo conceda el visado,cuanto tiempo hay para realizar la entrada a españa?
Ya que presento documentacion en delegacion gobierno a 1 octubre,nos vamos al pais de mi esposa el 28 de noviembre,y tenemos pensado volver el 28 de marzo con mi suegra tambien.
La embajada una vez les pedi me dijeron yo no puedo reagrupar a mi suegra,debe ser mi esposa,y solo podra hacerlo una vez tenga la residencia permanenete en españa(cosa que no tiene aun) y que no les hace a ellos falta ninguna autorizacion de ninguna delegacion del gobierno;luego otro dia al prguntar a otro funcionario de esa embajada me dice otra cosa bien distinta,me dice no hay problema para que ellos me den el visado de reagrupacion familiar para mi suegra,pero les hace falta una autorizacion de la delegacion del gobierno de donde vivo,uno me dice una cosa y otro otra en la misma embajada,entonces estoy hecho un lio ya.
Yo de momento pedire la concesion aqui en españa y luego me presento con eso a la embajada,o ¿deberia avisarlos antes que estoy haciendo una reagrupacion a la embajada?
Mi esposa es la unica persona de su pais en la provincia donde vivo,y en toda españa son unos 90(incluido el personal diplomatico),supongo eso podria ayudar¿o les dara igual?No es un pais que emigren a españa,ni siquieran ubican españa en el mapa,emigran a paises de oriente medio,a australia,america,pero no españa,supongo podra ayudar eso.
Bueno perdon tan largo escrito
Muchisimas gracias.

casarusia
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Re: entrada a españa,estancia,reagrupacion familiar ascendiente

Mensaje por casarusia »

Obviamente no se puede saber en qué condiciones quedará la reagrupación familiar a finales de año, si hay intención de cambiar la normativa (endurecer la normativa) antes de que termine 2008. Por ahora todo son intenciones, anuncios y especulaciones.

Lo que parece ser cierto es que cambiará la legislación para hacer más complicada la reagrupación de ascencientes, puesto que se entiende que estos son personas mayores, que ya no van a trabajar y por tanto no aportarán nada a las arcas del estado, y consumirán del sistema sanitario, etc... Dinero, vamos, siempre por el dinero.

A mi, y ya esa una apreciación personal, me parece que dejar para octubre el presentar tu solicitud es retrasarlo muchísimo.

Lo de los 1700 euros mensuales, además de que no los gana la mayoría de la gente, me temo que será un requisito añadido por la oficina de tu provincia o comunidad por su cuenta y riesgo. Así se echará atrás mucha gente. Tu no dejes de presentar tu solicitud porque si algo de la documentación falla o está mal, tranquilo que ya te lo dirán.

La reagrupación la puedes solicitar tu, o tu mujer, pero tendrás una ventaja no reconocida si la solicitas tu como español. Tu derecho a solicitar la reagrupación del ascendiente de tu cónyuge no te lo ha de discutir nadie.

Aporta la documentación que te pida la oficina de extranjería, y añade todo cuanto creas que puede completar tu petición. Deben aceptar toda la documentación que quieras presentar, aunque sean 1000 páginas.

Cada oficina es un mundo, pero la que más conozco -pongo un ejemplo- ponía problemas a un profesional autónomo porque no presentaba los modelos trimestrales 130 o 131 (creo que son esos), cuando existe un Real Decreto (ahora no lo recuerdo literalmente) que exime a ciertos autónomos de presentar estas declaraciones trimestrales. Esto, igual que otros datos, lo suelen ignorar.

Recopila toda la documentación que te piden y la que quieras presentar de forma voluntaria (y que por supuesto avale tu solicitud). Tradúcela, legalízala... lo que haga falta. Justifica la relación con esa persona (certificado de matrimonio tuyo, libro de familia o partida de nacimiento de tu mujer, con ambos documentos se entiende que se demuestra el parentesco). Justifica una clara y necesaria dependencia económica de la persona que quieres reagrupar (de vital importancia para la reagrupación de un ascendiente). Añade escritura del piso o contrato de alquiler, certificado de empadronamiento, la última declaración del IRPF, contrato de trabajo, últimas nóminas...

Presenta tu solicitud cuanto antes, porque tardan en torno a los 3 meses en resolver. Si es favorable, habrás de recibir en unas dos semanas dos originales de la resolución. Uno de los originales es para tu suegra. En un plazo de dos meses desde la notificación de la resolución se tiene que personar -ella o una persona con poderes- en el consulado de España de su país de origen y solicitar el visado. Además del original de la resolución, envía a tu suegra cuanta documentación original o compulsada pienses que puede ser necesaria y la que pienses que no lo pueda ser, también (certificado de empadronamiento, libro de familia, cartilla del banco, contrato de trabajo, nóminas...) Añade certificado médico reconocido por el consulado, certificado de antecedentes penales... lo que solicite en su caso el consulado.

No debería de haber problemas en que el consulado conceda el visado si toda la documentación está en orden. En muy pocos días, depende del trabajo que tengan por allí, le darán el visado y tendrá un plazo de un mes para entrar en España y pedir la tarjeta de residencia.

Tienes a tu favor que eres español y no un extranjero o un nacionalizado recientemente. La ley actual te hace ir por un derrotero más complicado que a un francés, alemán o italiano residente en España y creo que eso también se tiene en cuenta.

Bueno, por no enrrollarme aún más. Yo que tu presentaría la solicitud inmediatamente, en cuanto tengas toda la documentación que te pidan y la que consideres oportuna. Si te la deniegan, puedes recurrir o presentar una nueva solicitud de reagrupación. Esto no va como los visados, que te inhabilitan por unos meses para pedir otro.

Importante que tu suegra no pise suelo español o no esté en España cuando tengas tu expediente aún por resolver. Mientras no se resuelva tampoco podrá pedir visado por invitación, cuenta con ello.

Lo dicho, antes de que cambie la legislación y se compliquen aún más las cosas, prueba suerte. Quizás la próxima modificación complique la reagrupación de ascendientes, propios o del cónyuge, pero modifique la situación de desamparo en la que quedan los comunitarios españoles en su propio país.

Suerte.
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wisdom
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Re: entrada a españa,estancia,reagrupacion familiar ascendiente

Mensaje por wisdom »

Muchisimas gracias por todas tus respuestas.
¿Crees deberia iniciarla ya la reagrupacion?¿cuanto tiempo tengo una vez concedida la reagrupacion para presentarla en la embajada española?¿3 meses?¿que mas suelen pedir en las embajdas aparte de la autorizacion de la delegacion del gobierno?¿cuanto tardan las embajadas en dar el visado?¿cuanto tiempo hay para entrar a españa una vez concedido el visado?Ya que nos vamos en noviembre a finales y volvemos en marzo a finales tambien.Pero si pido ahora la reagrupacion debera mi suegra venir ya y nosotros estaremos yendo a su pais.
¿crees de veras nos pondran a los españoles en igualdad de derechos con el resto de comunitarios?¿por que el gobierno rompe todos los derechos humanos de los españoles a vivir en familia?¿sabes si españa al hacer eso esta incumpliendo alguna ley de la union europea?¿se puede llevar al gobierno español ante un tribunal de la union europea por atentar contra los derechos humanos de un ciudadano de la union europea?
He buscado por cientos de webs algo de informacion sobre esa reforma dela ley de extranjeria y como afectaria a españoles casados con extracomunitarios y no encuentro nada.Se que habia una queja o algo en un tribunal por eso del real decreto 240-07 pero no encuentro nada.
¿hay algun lado donde pueda leer los derechos de los españoles a vivir en familia o los derechos de los niños?Ya que estan atentando contra los derechos de un bebe español a vivir con y conocer a su abuela.
¿si solicito la reagrupacion antes de que entre en vigor deberian aceptarla?Por ejemplo la solicito en septiembre a la delegacion del gobierno y esa ley entra en vigor en enero por ejemplo,pero el visado lo pido en febrero?
Y encima vote al PSOE pensado era mejor y ha sido de lo peor,peor que cualquier extrema derecha y peor que cualquier pais donde hablan de romper derechos humanos como Iran o Arabia Saudi.
Bueno muchisimas gracias por tus respuestas,son de gran ayuda.
Hay pocos foros de extranjeria que tengan tanta informacion,comoe este aunque sea para rusia en general son igual para cualquier extracomunitario las leyes.
De nuevo te agradezco enormemente tu informacion .

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Re: entrada a españa,estancia,reagrupacion familiar ascendiente

Mensaje por casarusia »

Pufff.... demasiadas preguntas. No ando muy sobrado de tiempo como para ponerme a responder a la andanada que acabas de soltar y aunque te respondiera no dejarían de ser respuestas de alguien que aun habiéndole tocado bailar la misma pieza no es un abogado especializado en estos temas.

Pero si recomendaría un par de cosas a alguien en tu misma tesitura.

Primero, que reunas toda la documentación que te requieran para presentar la solicitud y la que voluntariamente quieras aportar, e inicies en cuanto la tengas toda el proceso de reagrupación. Si luego se trastocan tus planes de ir al país de tu suegra (que por cierto, a estas alturas continúa siendo un enigma), mala suerte, ya os adaptaréis, pero imagino que lo prioritario es la reagrupación.

Segundo, es que no se gana nada con una postura del tipo "están vulnerando mis más elementales y fundamentales derechos como persona y ser humano y les voy a meter una querella en el Tribunal de Estrasburgo que se van a cagar". El derecho a vivir en familia lo recogen muchas leyes internacionales, desde la Carta de Derechos Humanos hasta alguna directiva comunitaria, pero lo que te van a aplicar es la legislación española, así que toca joderse y tirar con lo que hay. Perderías más tiempo luchando contra el sistema que jugando con sus reglas. Siempre nos queda la ilusión de trincar unos euromillones de los gordos y comprarnos una legión de abogados para hundir al estado a base de demandas.

Creo que la mayoría de las respuestas a tus preguntas se responden en mensajes anteriores y otros hilos que ya se han escrito.

Yo desde luego no esperaría a que cambie la legislación, ni para bien ni para mal. Solicitaría la reagrupación inmediatamente y pa'lante. Lo que te vaya a pedir el consulado deberías de preguntárselo al propio consulado en el país donde resida la persona reagrupada.

La verdad es que este tema me parece apasionante, el reto de "ganar" a la administración logrando la reagrupación, pero ahora mismo no puedo sacar más tiempo para responder a todas tus preguntas una por una, aun siendo merecedoras de respuestas por separado. Prueba a ver si en tu ciudad hay algún servicio gratuito de orientación legal para extranjería, pues en otras ciudades si que lo hay (pregunta en el ayuntamiento, en el colegio de abogados...)

Suerte, ya irás contando.
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casarusia
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Re: entrada a españa,estancia,reagrupacion familiar ascendiente

Mensaje por casarusia »

Bueno, pues ahí van las respuestas. Jodidas leyes, no se puede vivir con ellas y tampoco sin ellas :mrgreen:
wisdom escribió:¿Crees deberia iniciarla ya la reagrupacion?
Sin duda alguna, si.
wisdom escribió:¿Cuanto tiempo tengo una vez concedida la reagrupacion para presentarla en la embajada española? ¿3 meses?
Dos meses a contar desde la fecha en la que recibes la notificación de la resolución. En esos dos meses, has de haber hecho llegar a la persona reagrupada una de las dos copias originales que tendrás en tu poder y esta persona deberá de haberse personado o contactado con el Consulado (que no la Embajada) de Rusia en su país.
wisdom escribió:¿Que mas suelen pedir en las embajdas aparte de la autorizacion de la delegacion del gobierno?
Un montón de cosas. Certificado de empadronamiento, certificado médico, certificado de antecedentes penales, fotocopia de pasaporte, certificado de empadronamiento del reagrupante, fotocopia del pasaporte del reagrupante, libro de familia del reagrupante... Todo debidamente traducido y legalizado cuando haga falta.
wisdom escribió:¿Cuanto tardan las embajadas en dar el visado?
Si toda la documentación está en orden, en menos de una semana la persona reagrupada tiene el visado en su pasaporte.
wisdom escribió:¿Cuanto tiempo hay para entrar a españa una vez concedido el visado?
Creo que un mes a contar desde la fecha de inicio del visado.
wisdom escribió:Ya que nos vamos en noviembre a finales y volvemos en marzo a finales tambien. Pero si pido ahora la reagrupacion debera mi suegra venir ya y nosotros estaremos yendo a su pais.
Si pides ahora la reagrupación, es probable que la resolución tarde entre tres y cuatro meses. En caso de que inicies el proceso ya mismo, tienes grandes probabilidades de que recibas respuesta estando fuera de España, con lo que no podrías hacer llegar el original de la resolución favorable a la persona reagrupada ni podrías interponer recurso en caso de denegación de tu solicitud. Yo no saldría de España hasta tener respuesta y obrar en consecuencia.
wisdom escribió:¿Crees de veras nos pondran a los españoles en igualdad de derechos con el resto de comunitarios?
No lo creo de ninguna manera, de lo contrario con ir a la oficina de extranjería con tu suegra resolverías el proceso de obtención de la tarjeta de residencia. Otra cosa es que tu solicitud reciba un trato más "flexible" por el hecho de que el solicitante es español.
wisdom escribió:¿Por que el gobierno rompe todos los derechos humanos de los españoles a vivir en familia?
El gobierno no ha roto nada. Hay una legislación, un poco incoherente y bastante restrictiva, pero en absoluto niega o rompe los derechos humanos.
wisdom escribió:¿Sabes si españa al hacer eso esta incumpliendo alguna ley de la union europea?
Si alguna ley fuera ilegal, no habría llegado a promulgarse. Es de cajón.
wisdom escribió:¿Se puede llevar al gobierno español ante un tribunal de la union europea por atentar contra los derechos humanos de un ciudadano de la union europea?
Por poder, puedes. Pero vuelvo a repetir que, en mi opinión, nadie atenta o niega los derechos humanos de un ciudadano de la Unión Europea. Sería discutible si los limita de forma poco apropiada, si los vulnera de algún modo, si agravia a los españoles respecto a otras nacionalidades...
wisdom escribió:He buscado por cientos de webs algo de informacion sobre esa reforma dela ley de extranjeria y como afectaria a españoles casados con extracomunitarios y no encuentro nada. Se que habia una queja o algo en un tribunal por eso del real decreto 240-07 pero no encuentro nada.
Lo único que encontrarás en referencia a la próxima reforma serán noticias en los medios, puesto que esta reforma aún no se ha redactado, que yo sepa, o al menos el nuevo texto no ha trascendido más allá de los responsables de su modificación. Puedes llamar o escribir directamente al Ministerio de turno, pero dudo que obtengas respuesta.
wisdom escribió:¿Hay algun lado donde pueda leer los derechos de los españoles a vivir en familia o los derechos de los niños? Ya que estan atentando contra los derechos de un bebe español a vivir con y conocer a su abuela.
Una vez más, nadie atenta contra nadie, mucho menos contra un bebé. El Derecho a la Vida Familiar queda recogido –entre otros textos- en la Constitución Española; el Convenio Europeo de Derechos Humanos, de 4 de noviembre de 1950; o la Declaración Universal de Derechos Humanos, de 10 de diciembre de 1948; así como la LO 8/2000. Pero sobre todos ellos está el conocido RD 240/07, que hoy por hoy es quien manda.
wisdom escribió:¿Si solicito la reagrupacion antes de que entre en vigor deberian aceptarla? Por ejemplo la solicito en septiembre a la delegacion del gobierno y esa ley entra en vigor en enero por ejemplo,pero el visado lo pido en febrero?
Ahí ya lo que digan las disposiciones transitorias, si es que las hay, en el nuevo texto de extranjería. De todas formas, cambie o no cambie la ley, seguramente te encontrarás sorpresas por el camino cuando te soliciten documentación que no figuraba en un listado, o documentación adicional para completar o corroborar alguna otra que ya hayas aportado... Tienes que estar al quite, y no te valdrá de nada el quejarte diciendo que no ha salido publicado en el BOE, o que atenta contra tus derechos...
wisdom escribió:Y encima vote al PSOE pensado era mejor y ha sido de lo peor, peor que cualquier extrema derecha y peor que cualquier pais donde hablan de romper derechos humanos como Iran o Arabia Saudi.
Bueno, nunca sabremos si con el PP, IU o el PNV hubiera sido mejor o peor la cosa.
wisdom escribió:Bueno muchisimas gracias por tus respuestas,son de gran ayuda. Hay pocos foros de extranjeria que tengan tanta informacion,comoe este aunque sea para Rusia en general son igual para cualquier extracomunitario las leyes.
Tu lo has dicho. Puesto a ser extracomunitario, da lo mismo los kilómetros que separen al extranjero, se le va a aplicar la misma legislación.

No es tan fiero el león como lo pintan.... así que lo dicho, suerte.
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