Ese aspecto sigue vigente. En concreto viene en el art. 21 del Reglamento General de Conductores, que cito:
[quote][b]SECCIÓN II. DE LOS PERMISOS EXPEDIDOS EN TERCEROS PAÍSES.[/b]
[b]Artículo 21. Permisos válidos para conducir en España.[/b]
1. Son válidos para conducir en España los siguientes permisos de conducción:
Los nacionales de otros países que estén expedidos de conformidad con el anexo 9 del Convenio Internacional de Ginebra, de 19 de septiembre de 1949, sobre circulación por carretera, o con el anexo 6 del Convenio Internacional de Viena, de 8 de noviembre de 1968, sobre la circulación vial, o que difieran de dichos modelos únicamente en la adición o supresión de rúbricas no esenciales.
[b] Los nacionales de otros países que estén redactados en castellano o vayan acompañados de una traducción oficial. Se entenderá por traducción oficial la realizada por los intérpretes jurados, por los cónsules de España en el extranjero, por los cónsules en España del país que haya expedido el permiso, o por un organismo o entidad autorizados a tal efecto.[/b]
Los internacionales expedidos en el extranjero de conformidad con el modelo del anexo 10 del Convenio Internacional de Ginebra, de 19 de septiembre de 1949, sobre circulación por carretera, o de acuerdo con los modelos del anexo E de la Convención Internacional de París, de 24 de abril de 1926, para la circulación de automóviles, o del anexo 7 del Convenio Internacional de Viena, de 8 de noviembre de 1968, sobre circulación por carretera, si se trata de naciones adheridas a estos Convenios que no hayan suscrito o prestado adhesión al de Ginebra.
Los reconocidos en particulares convenios internacionales multilaterales y bilaterales en los que España sea parte y en las condiciones que en ellos se indiquen.
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... t1.html#a1[/quote][/quote]
A ver si me equivoco pero leyendo esto en el segundo caso de la lista del punto 1 nos esta diciendo que si vamos a un traductor jurado a traducir nuestro carné ruso al español podemos convalidarlo normalmente puesto que en ningun punto posterior ninguna condición lo invalida o condiciona dicha opción, no ????