Visado para España

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MaltSokol
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Re: Visado para España

Mensaje por MaltSokol »

Ante la duda yo creo que mejor poner todo, tanto Nº de pasaporte ruso como externo, ya que se entregan las fotocopias de ambos.

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Vladiвосток
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Re: Visado para España

Mensaje por Vladiвосток »

MaltSokol escribió:Ante la duda yo creo que mejor poner todo, tanto Nº de pasaporte ruso como externo, ya que se entregan las fotocopias de ambos.
Ahí la has dao, si señor, mejor que sobre que no que falte.

Muchísimas gracias otra vez.

Saludos.
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JPRK
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Re: Visado para España

Mensaje por JPRK »

Es un lapsus del que escribio la hoja, se refiere obviamente al nº del pasaporte interno ruso.

cafegu
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Re: Visado para España

Mensaje por cafegu »

Buenas tardes,

He estado leyendo la información del Centro de Visados para España en Rusia en lo que respecta a invitaciones, y me gustaría que alguien me aclarase el punto 8.a del documento http://www.spainvac-ru.com/spanish/imag ... panish.pdf.

Subrayo la cuestión que me interesa:
Si el invitante reside en España, carta de invitación (no manuscrita) de la parte anfitriona (e-mail o fax), que indique:
a) Para la persona invitada: nombre y apellidos, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad, número de carné de identidad, fecha y objeto del viaje, número de entradas y nombres de los menores que acompañan a la persona invitada;
Es decir, cabe la posibilidad de solicitar una VISA con una vigencia de 6 meses de forma que se pueda entrar y salir veces de España en ese periodo. Supongo que la única limitación es no permanecer mas de tres meses en ese periodo. ¿Es así? ¿Que tipo de VISA hay que solicitar? ¿El invitante debe aportar garantías económicas? Siguiendo con las "preguntillas", en la web del Ministerio del Interior, donde se hace mención al tema de las Invitaciones para extranjeros, http://www.mir.es/SGACAVT/extranje/regi ... sitos.html , siguen haciendo mención a que la Invitación ha de ser gestionada a través de la policia, por lo que supongo que no estará actualizada la información, pero lo que me llama la atención es que hace mención a una serie de disposiciones legales para el Invitante, lo cual me parece perfecto, pero a donde quiero ir a parar es: Hay algún formulario específico para realizar la carta de Invitación, o aquí cada uno improvisa. Lo digo por la cuestión de hacer mención, tal como se indica en la web del Ministerio del Interior, a las obligaciones que adquiere el Invitante, ya que entiendo debe ser así.

Copio extracto al que hago alusión:
7. En la solicitud, el invitante deberá hacer constar que está informado de que:

a) El Código Penal, aprobado por Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre de 1995, tipifica como delito, en el artículo 318. bis: «el que directa o indirectamente, promueva, favorezca o facilite el tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas desde, en tránsito o con destino a España, será castigado con la pena de cuatro a ocho años de prisión».

b) La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, considera infracción muy grave: «inducir, promover, favorecer o facilitar con ánimo de lucro, individualmente o formando parte de una organización, la inmigración clandestina de personas en tránsito o con destino al territorio español o su permanencia en el mismo, siempre que no constituya delito», pudiendo imponerse sanción de multa desde 6.001 hasta 60.000 euros o expulsión del territorio nacional, con prohibición de entrada por un período de tres a diez años, tal como disponen sus artículos 54.1.b), 55.1.c) y 57.1. de la citada Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.

c) Los datos relativos a la identidad, número de pasaporte, nacionalidad y residencia, tanto del invitado como del invitante, serán incorporados a un fichero de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, pudiendo ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación ante la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Por último indico otro interesante link, aunque no sé si está vigente, al hilo de lo comentado: Requisitos para la entrada en territorio Español para una estancia que no exceda de Tres meses en un periodo de seis:
http://www.maec.es/subwebs/Documents/Re ... España.pdf

Saludos,
Última edición por cafegu el 15/02/2009 13:19, editado 6 veces en total.

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Vladiвосток
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Re: Visado para España

Mensaje por Vladiвосток »

Lo que citas del punto 7, es para la solicitud de la carta de invitación que expide la policia nacional. Como ahora para invitar a un ciudadano ruso a venir a España no hace falta ir a la policía, te tienes que ceñir a lo que pide el consulado, email o fax no manuscrito, con los datos que te indican, nada más, es decir:

a) Para la persona invitada: nombre y apellidos, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad, número de carné de identidad, fecha y objeto del viaje, número de entradas y nombres de los menores que acompañan a la persona invitada;

b) Para la persona que invita: nombre, apellidos, dirección del invitante y dirección donde se alojará el invitado


El tipo de visado que tendrá que solicitar en Rusia la persona invitada es un "visado para estancia por invitación".

Lo del número de entradas es porque se tiene previsto que a determinados visados, los de turismo y los de por invitación que se concedan sean de 6 meses con un número de estancia no superior a 90 días.

Saludos.
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cafegu
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Re: Visado para España

Mensaje por cafegu »

Muchas gracias Vladibostok por tu respuesta, pero me surge una duda: ¿Es lo mismo gestionar un visado de un mes que uno de seis meses?

Me interesa mucho esta cuestión porque en ese periodo de tiempo espero recibir dos visitas de la misma persona de no más de un mes en total, así que si con la misma VISA matamos dos pajaros de un tiro mejor que mejor. Aunque supongo que también será más caro.

Saludos y muchas gracias otra vez.

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Vladiвосток
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Re: Visado para España

Mensaje por Vladiвосток »

No hay de que cafegu.

Entiendo que haciendo constar dos entradas en la solicitud de visado, con una solicitud de visado sería suficiente.

Saludos.
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santi
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Re: Visado para España

Mensaje por santi »

Supongo que el cambio en el tema de invitaciones será reciproco aunque no veo ningunas variaciones en la página web del consulado en Madrid.
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JPRK
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Re: Visado para España

Mensaje por JPRK »

Cuidado con esto. La posibilidad de invitar a una persona rusa a España sin necesidad de tramitar una invitacion en la policia se refiere a ciudadanos rusos con lazos familiares con españoles y esto es reciproco. Desde hace ya dos años, los españoles pueden tramitar su visado con una invitacion escrita por una empresa rusa, por ejemplo.

Mi suegra consiguio un visado multientrada de 5 años en virtud del acuerdo de visados de la UE con Rusia. :evil:

cafegu
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Re: Visado para España

Mensaje por cafegu »

¡Pues vaya! Mi gozo en un pozo,..., En fin de todas formas la información que facilitan no hace mención a esta salvedad, es más, a pie de página del documento que informa sobre la documentación requerida para invitaciones del Centro Español de Recogida de Solicitudes de Visado, aparece la siguiente información sin precisar más:
EN APLICACIÓN DEL ACUERDO DE FACILITACIÓN DE VISADOS UE-RUSIA, NO ES YA NECESARIA LA PRESENTACIÓN DE INVITACIÓN POLICIAL
.

Otra cosilla, en la solicitud SCHENGEN, http://www.spainvac-ru.com/spanish/images/CVAF.pdf, en el punto 29) se contempla tanto la posibilidad de visita a familiares como amigos, lo cual ya me parece un poco extraño, ya que es como si lo pusieran al mismo nivel, pero sin embargo para familiares piden documentación que lo acredite - punto 43) , ¿que pasaría con los amigos? ¿también es preciso acreditarlo? ¿cómo?
29. Finalidad del viaje: Turismo / Trabajo / Visita a familiares o amigos /Cultural - Deportiva / Oficial / Motivos médicos /Otros (indíquense)
43. Datos personales del ciudadano de la UE o del EEE del que depende el solicitante. Sólo deben responder a esta pregunta los familiares de ciudadanos de la UE o del EEE.
En fin, que decir, demasiado bonito para ser verdad :nono:

Saludos,

santi
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Re: Visado para España

Mensaje por santi »

Cuidado con esto. La posibilidad de invitar a una persona rusa a España sin necesidad de tramitar una invitacion en la policia se refiere a ciudadanos rusos con lazos familiares con españoles
Hasta el año 2001 existió la posibilidad de la invitación directa en el consulado que de manera muy comprensiva facilitaba los trámites a las personas con vínculos familiares , después se cambió la ley , como siempre para perjudicar a la gente........... y a fecha de hoy esta es la nota que aparece en la página web del consulado:

http://www.rusmad.com/
NOTA IMPORTANTE: En la Federación de Rusia no existe ningún tipo de visado familiar. Ningún tipo de filiación conyugal u otro parentesco (padres incluidos) con un ciudadano de Rusia no permite al extranjero tener un visado para la entrada a Rusia. Tampoco se expedirá un visado por invitación de un ciudadano de Rusia que se encuentre fuera del territorio de Rusia. En caso de necesidad de visitar a los familiares en Rusia el extranjero tendrá que solicitar un visado para viaje privado.

jejeje! muy humanos ellos ........... en fin de todas maneras no es nada que no se solucione con un puñado de euros para verguenza y oprobio de los legisladores.
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caraca
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Re: Visado para España

Mensaje por caraca »

Hola.
Lo que no entiendo es lo que quieren decir con via fax o e-mail. ¿Hay que enviar la invitación al consulado o lo tiene que llevar la persona invitada cuando vaya a solicitar el visado?
En cuanto lo que han dicho que este tipo de invitación sólo la pueden hacer los españoles, en la página del centro de tramitación de visados sólo pone que la persona que invita tiene que residir en España, no hace referencia ninguna a la nacionalidad.
Un saludo

cafegu
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Re: Visado para España

Mensaje por cafegu »

Buenos días,

Aunque no me lo acabo de creer he llamado al Consulado de España en Moscú y me confirman que desde Enero de este año no es preciso carta de invitación gestionada vía policia, es mas por e-mail me lo han confirmado indicándome que su web (la del consulado - http://www.maec.es) todavía no está actualizada a este respecto a diferencia de la web del centro de recogida de solicitudes de visados - http://www.spainvac-ru.com

Saludos,

MaltSokol
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Re: Visado para España

Mensaje por MaltSokol »

No hay que enviar la carta al consulado; lo que se quiere decir con "fax o email" es que no hay que mandarla por DHL ni nada así, basta con que el interesado la reciba como sea.

zhoser
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Re: Visado para España

Mensaje por zhoser »

Tengo unas dudas:

- Si la persona en estos momentos no trabaja hay que presentar el certificado salarial, es esto un impedimento para obtener el visado ?.

- La carta de invitación tiene algún formato oficial, debemos poner algo más aparte de los datos del invitante e invitado.

- Las reservas de los billetes cómo las hacemos si en teoría no sabemos cuando nos van a dar el visado, es decir, si hay un plazo de creo tres meses para que te den el resultado, cuándo reservamos los billetes?.

Saludos

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