Estar con mi pareja rusa/española-Parejas de hecho

Visados, invitaciones, legalización de matrimonios.

Moderador: casarusia

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casarusia
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Re: Como estar con mi pareja rusa

Mensaje por casarusia »

Tampoco yo soy abogado, por eso en las dos ocasiones en las que he tenido que lidiar con la Ley de Extranjería me he empapado el reglamento (que seguramente habrá cambiado desde entonces). Y creo que es lo mejor que puede hacer uno.

En caso de dudas, a Extranjería a consultar. Sobre todo en tu caso, que parece que en tu comunidad hay algunas diferencias.

Lo dicho, a leer y a preguntar al organismo que decida. Parece que lo de los seis meses de prórroga en tu caso es una opción. Pero asegúrate de que es fácil que te los concedan. También existe esa opción de prórroga por defecto, pero resulta complicado que te la den (si en tu caso lo de pareja de hecho es un camino, pues por ahí).

bjon
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Re: Como estar con mi pareja rusa

Mensaje por bjon »

Buenos días!
He hablado con la Policía Nacional encargada de extranjería en Vitoria y me han dicho que la ley cambió y que no hay ningún problema para solicitar la tarjeta de residencia para mi pareja extracomunitaria si somos pareja de hecho.
Que con original y copia del certificado de inscripción en el registro de parejas de hecho y el resto de documentación (certificado del padrón, pasaporte en vigor, mi DNI, 3 fotos, y la solicitud) se pide la tarjeta de residencia, y en 3 meses como máximo tienen que dictar resolución. Una vez hecho esto, llamarán para tomar la huella y el pago de 10 euros de tasas y tendría su tarjeta de residencia.
Ojalá que así sea y no haya sorpresas desagradables.
Espero poder hacer la inscripción en el registro de parejas de hecho este mismo mes (se necesita certificado con apostilla de que ella es soltera, o pedirlo en la embajada rusa si está en España) e incluso si da tiempo aprovechando el mismo viaje la solicitud de la tarjeta de residencia, si es que es cierto que tardan 2 semanas en el Gobierno Vasco en realizar la inscripción.
Si encuentro alguna novedad a este respecto en el nuevo reglamento de la Ley de Extranjería que publicarán hoy os lo comento.

bjon
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Re: Como estar con mi pareja rusa

Mensaje por bjon »

Publicado el nuevo borrador de Reglamento de la Ley de Extranjería:
http://www.tt.mtin.es/periodico/inmigra ... 110208.htm
http://www.tt.mtin.es/periodico/inmigra ... 0Final.pdf
Todavía habrá que esperar unas semanas hasta que se apruebe el definitivo.

No sé si este hilo es el más adecuado o habría que abrir otro nuevo.

Saludos,

casarusia
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Re: Como estar con mi pareja rusa

Mensaje por casarusia »

Se me hace muy raro que sea tan fácil como inscribirse como pareja de hecho. Los últimos cambios en la Ley de Extranjería han solido ser para endurecer todos los trámites.

Y la comparativa de pareja de hecho con otras situaciones y parentescos familiares me parece injusta, en derechos, obligaciones y trámites. Como injusta eran otras cosas que tenía esta Ley hace algunos años.

Pero bueno, si resulta ser algo así de sencillo, pues felicitaros los que queréis tener aquí a la novia durante una temporada sin ningún compromiso. Si no, había que pasar por vicaría y burocracia de la buena.

Será cuestión de leer el nuevo reglamento. Aunque sea por simple curiosidad. Bastante Ley de Extranjería he tenido ya en esta vida.

cafegu
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PAREJAS DE HECHO

Mensaje por cafegu »

He estado buscando información, ¡y parece ser que si es posible! Según lo que he encontrado es posible solicitar la tarjeta de residente para el miembro de una pareja de hecho no comunitaria. ¡El tema es bastante reciente! Como ya se había comentado anteriormente, vía judicial se habían dado varios precedentes al respecto, sin embargo, hasta que no se ha llevado al Tribunal Supremo (Sentencia 1 del Junio de 2010) no se ha extendido para el resto de los posibles casos.

La citada sentencia ha quedado publicada en el BOE del 3 de Noviembre del 2010, y a partir de ella se han dictado instrucciones en fecha 4 de Noviembre del 2010 para clarificar cómo debe ser aplicada - Instrucción DGI/SGRJ/03/2011 del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

Así, finalmente se anula el requisito de existencia de un "registro único de parejas de hecho" para la obtención de la tarjeta de residencia en el caso concreto de las parejas de hecho en España - ya que aquí hay múltiples registros (uno para cada autonomía). Al parecer esta era la traba que evitaba que las parejas de hecho españolas, - donde uno de los miembros es no comunitario, pudiera obtener tarjeta de residencia por agrupamiento de familiar (modelo EX-16).

En resumen, la citada instrucción del Ministerio de Trabajo e inmigración, - la deben tener todas las oficinas de extranjería-, dispone entre otras cuestiones:
  • - La aplicación del régimen comunitario de extranjería a los ascendientes de ciudadano español o de su cónyuge o pareja registrada.
[...]
  • - La aplicación del régimen comunitario de extranjería a la pareja de hecho registrada de ciudadano comunitario, con independencia de que el sistema civil de que se trate impida o no la posibilidad de dos registros simultáneos.
[...]
Espero no haber interpretado eufóricamente mal la información. ¡Para mí todavía sigue resultando sorprendente! Si no hay trampa ni cartón, eso quiere decir que cabe la posibilidad de registrar a tu pareja de hecho (trámite aparentemente muy sencillo de realizar), y al día siguiente (o en muy breve plazo) ¿solicitar la tarjeta de residencia?

Sería realmente interesante que alguien que se encuentre en esta situación comente: el proceso administrativo, plazos, si ha tenido algún problema...

Creo que es una muy buena noticia, que puede facilitar mucho las cosas, pero de todas formas que nadie se equivoque; inscribirse como pareja de hecho es algo más que una relación de novios, no llega al matrimonio pero se le asemeja bastante en algunos aspectos, por supuesto con sus obligaciones y compromisos, como tiene que ser. ¡Y para los incumplimientos están los tribunales! En el siguiente link explican bastantes particularidades que a lo mejor mas de uno no consideraba sobre lo que es una pareja de hecho.

Saludos,

bjon
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Re: Como estar con mi pareja rusa

Mensaje por bjon »

Cafegu, si todo va bien yo haré los trámites en menos de 1 mes. Os mantendre al corriente.
Lo que no tengo muy claro es si una vez solicitada la tarjeta de residencia mi pareja podría alargar su visado hasta que consiga dicha tarjeta o tiene que volverse a Rusia a esperar. Por algún comentario anterior de casarusia y uno más antiguo de Mikel parecía como que sí se puede alargar, pero no tengo muy claro cómo hacerlo.
Como comentario, deciros que en el País Vasco se supone que basta con que uno de los 2 esté empadronado en la Comunidad Autónoma para que te registren como pareja de hecho, pero creo que en alguna otra comunidad piden estar los 2 empadronados. Y es delito empadronar a alguien que no viva aquí, pero si te empadronas y registras como pareja de hecho el mismo día y en cuanto te den el certificado de estar inscrito como pareja de hecho pides la tarjeta de residencia (lo cual se puede hacer muy probablemente dentro de la duración de un visado normal)... entonces no creo que se pueda decir que no esté viviendo aquí realmente, no?
Me parece una opción bastante mejor que estar ilegal durante meses en España hasta conseguir casarse.
Y tiene razón Cafegu que una pareja de hecho se parece mucho a un matrimonio, pero es mucho más fácil deshacerlo, y aunque puedan surgir problemas económicos no estás atado a la otra persona. Y sobre todo: es gratis!!!!

cafegu
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Re: Como estar con mi pareja rusa

Mensaje por cafegu »

¡Uffff, supongo que dudas surgen mil! Desde ayer he estado leyendo en varios sitios, y "parece" que la tarjeta de residencia se puede solicitar "casi de inmediato", aunque sigo siendo escéptico - ver el punto 2) de la documentación requerida del formulario EX-16.

El tema de estar o no ilegal un cierto tiempo me ha parecido entender que en el momento que haces la solicitud, y hasta que obtenga la tarjeta de residencia tu pareja (debería concederse en un plazo de tres meses), la persona solicitante "está en situación legal", y para ello el resguardo de solicitud es "suficiente". Bueno, no quiero pecar de optimista, así que yo todo esto lo preguntaría a algún abogado ducho en la materia!!!

Algo de información sobre lo comentado:

- Documentación requerida en el formulario EX-16:
2. Documentación acreditativa, en su caso debidamente traducida y apostillada o legalizada, de la existencia de vínculo familiar; de la validez del matrimonio; o certificación expedida (con una antelación máxima de 3 meses a la fecha de presentación de la solicitud) por el órgano encargado del registro de parejas correspondiente de la inscripción como pareja.
- Estancia y residencia (extracto de la web del Ministerio del interior):
La solicitud de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión deberá presentarse en el plazo de tres meses desde la fecha de entrada en España, ante la Oficina de Extranjeros de la provincia donde el interesado pretenda permanecer o fijar su residencia o, en su defecto, ante la Comisaría de Policía correspondiente.

En todo caso, se entregará de forma inmediata un resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud de la tarjeta, que será suficiente para acreditar su situación de estancia legal hasta la entrega de la tarjeta. La tenencia del resguardo no podrá constituir condición previa para el ejercicio de otros derechos o la realización de trámites administrativos, siempre que el beneficiario de los derechos pueda acreditar su situación por cualquier otro medio de prueba.
Respecto a la cuestión de formalizar una pareja de hecho he visto que cada comunidad autónoma y/o ayuntamiento parece solicitar requisitos diferentes. En algunos casos, inclusive un "justificante de convivencia", y esto podría ser un problema para una persona que acaba de llegar a España. Y también parece ser, sino necesario por lo menos recomendable, el establecer un documento público o privado que regule el régimen económico de las partes.

En fin esto es lo que he leído, ¡así que dudas las tengo todas! Otro tema sumamente importante, a tener muy en cuenta, es el del acceso a la sanidad pública. No sé si hace falta demostrar un determinado tiempo de convivencia (¿un año tal vez?) para poder incluir a tu pareja. En este sentido entiendo que es imprescindible contratar algún seguro médico mientras tanto.

¡Perfecto, Bjon! Estaremos encantados de que nos cuentes tu experiencia. ¡Mucha suerte!

Saludos,

bjon
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Re: Parejas de hecho

Mensaje por bjon »

Cafegu, tienes toda la razón con lo de las mil dudas, uno cree que aclara una cosa y le surgen otras dos preguntas.
Pero bueno, creo que poco a poco me va quedando claro, al menos en lo importante. Muchas gracias por los links y citas de la normativa (que hay que ver lo farragoso que es leérsela).
Tienes razón con que en cada sitio pueden pedir diferentes cosas para inscribirte como pareja de hecho. En el País Vasco parece bastante sencillo, pero ya veremos si realmente es así. Lo de la prueba de la convivencia que pidan en otros sitios supongo que con llevar algún testigo valdrá, al menos algo así he leído en algún sitio.
En el caso del País Vasco, la de la delegación de Álava me dijo que en estos momentos en 2-3 semanas tramitaban la inscripción y podíamos pasar a recoger el justificante de inscripción. No sé lo que tardarán en otros sitios.
Respecto a lo del resguardo de solicitud, me queda claro que está legal durante la tramitación, pero lo que no tengo tan claro es qué pasa con el visado, que no vaya a dar problemas después por no haber salido dentro de las fechas previstas, entiendo que la información estará centralizada pero no me fío, lo digo por si deniegan la tarjeta de residencia (cuánto tiempo darían para salir del país? el visado estaría vencido) y luego aparecen problemas cuando quiera volver.
Otra cuestión es qué pasa si se quiere/necesita volver a Rusia durante la tramitación de la tarjeta, con ese "resguardo" se puede una vez en Rusia viajar a España de nuevo sin visado o hay que solicitar uno (y de qué tipo sería)?
En fin, iré preguntando a Extranjería y al Consulado para enterarme de estos detalles.
Saludos!

cafegu
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Re: Como estar con mi pareja rusa

Mensaje por cafegu »

Bjon, si viene para quedarse no necesitará prorrogar el visado ya que quedaría en "situación legal" en espera de la obtención del permiso de residencia. Si tiene que volver la cosa cambia, ya que el resguardo no tiene los mismos efectos que la tarjeta, por lo que no le serviría como documento para entrar de nuevo (¡entiendo que es así!) por lo que seguiría necesitando el visado. Ahora bien, teniendo en cuenta que los visados que suelen conceder últimamente tienen una vigencia de seis meses, son multientrada y permiten una estancia de hasta 90 días, aparentemente tendría tiempo para ir y volver si así lo precisa dentro de esos margenes, ¿no?

Por tanto, si ajustáis bien las fechas supongo que no deberíais solicitar ninguna prórroga del visado. Lo conveniente en este caso sería estar en España hasta que obtenga la tarjeta de residencia (no deberían tardar más de tres meses), o si tiene que marchar no agotar los 90 días de estancia (¡dentro del periodo de los seis meses!), y así poder regresar a España sin problemas, con el visado anterior vigente, en el momento en que le digan que ya puede ir a recoger su tarjeta de residencia. En teoría se la deben conceder si conseguís formalizar la gestión de pareja de hecho. ¡Así es como yo lo veo! Sobre la prorroga del visado no te puedo decir nada.

El planteamiento anterior está basado en que el resguardo de solicitud de tarjeta de residencia se lo dan inmediatamente, pero por lo que comentas igual no es así. Igual alguien del foro lo puede aclarar, ¡yo lo desconozco!

¡Saludos y suerte de nuevo!

bjon
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Re: Como estar con mi pareja rusa

Mensaje por bjon »

Cafegu, el problema es que tiene un visado de turismo de Finlandia de 1 mes en un periodo de 6 meses, y en Navidades ya estuvo aquí 12 días, así que está la cosa muy justa teniendo en cuenta el periodo de espera para tener el certificado del registro de parejas de hecho. En cualquier caso lo tengo que preguntar a Extranjería, muchas gracias por tu ayuda.

goromo
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como vivir legalmente...

Mensaje por goromo »

Puesto que este es mi primer mensaje quisera lo primero mandar un saludo a tod@s.

Como muchos foreros estamos, mi angel y yo, buscando alguna forma de acabar con la batalla de los visados y poder vivir sin tener que pensar en ello.
La burrocracia es así, lenta y terca.

La cuestión es que leyendo vuestros mensajes y viendo realmente algunos avances en el tema de parejas de hecho, se nos plantea como una posibilidad bastante accesible para acabar con papeleos incómodos.

Si alguien consiguiese el permiso de residencia por pareja de hecho sería una buenísima noticia.

Bjon, sería genial saber como acaba el tema en tu caso, aun sabiendo que al final cada administración es diferente.

De momento espero buscar más información la próxima semana, si consigo informarme bien sin duda lo haré saber en este foro.

Saludos.

bjon
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Re: Como estar con mi pareja rusa

Mensaje por bjon »

Saludos, Goromo!
Todavía no ha venido mi novia a España, así que no hemos podido inscribirnos como pareja de hecho. Pero ya tiene su certificado de soltera y está a la espera de que le pongan la Apostilla. Espero que esté aquí en menos de 15 días y empezaremos todo el papeleo. Os iré informando, lo que pasa es que se ha retrasado todo un poco, por eso no había escrito nada.
Todavía tengo que preguntar a Extranjería acerca de cuál sería exactamente la situación legal si en lugar de solicitar el permiso de residencia en Rusia y esperar allí a que le concedan la reagrupación familiar, lo solicita en España. Porque parece que con el resguardo de haber solicitado la residencia si hubiese algún problema no la expulsarían del país, pero no sé si realmente estaría "legal", y quizá podría dar problemas futuros a ella con visados Schengen.
A ver si poco a poco vamos despejando dudas...

SiToP
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Re: Como estar con mi pareja rusa

Mensaje por SiToP »

Hola a todos, ya es la segunda alegria que me llevo hoy en este foro... soy novato en todo esto de los visados, y aunque llevo un tiempo leyendo todavia me pierdo y me salen muchas dudas... pero bueno, que yo ya estaba pensando en el futuro, en tener que casarme para que pueda venir mi novia y pueda estar con ella sin pegas, y al ver este hilo y ver que hay posibilidad de conseguir lo mismo sin tener que casarme... buf... que desahogo... bueno, solo daros las gracias a todos los que habeis posteado y nos habeis informado de todo esto, y solo pediros si es posible que nos conteis como ha acabado la cosa, que aunque a mi todavia me queda un rato largo para ello quiero ir planteandomelo y recogiendo informacion... gracias!!!

bjon
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Re: Como estar con mi pareja rusa

Mensaje por bjon »

Hola a todos!
Hace tiempo que no escribo en el foro, pero es porque no he tenido novedades, se han pospuesto los trámites unos meses.
Al final mi novia y yo nos haremos pareja de hecho en junio, cuando ya se venga a vivir aquí conmigo, e inmediatamente después solicitaremos su permiso de residencia y trabajo en Extranjería.
Os iré informando. Si hay alguien que ya lo esté tramitando se agradecería saber si le han surgido problemas o todo ha ido bien.
Saludos

4xposed
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Re: Como estar con mi pareja rusa

Mensaje por 4xposed »

Lei esto hace unos días, y parece una solución interesante el hacerse pareja de hecho, ya que yo y mi novia íbamos a casarnos para dejar te tener que depender de estudios o trabajo..

pero tengo una duda, para la tarjeta de residencia temporal y para registrarse como pareja de hecho piden el N.I.E. pero hacer el N.I.E. necesitas ser residente ¿un poco contradictorio, no?

Los pasos a seguir ¿como serian?
1.- Registrarse como pareja de hecho
2.- Solicitud Residencia Temporal
3.- Solicitud N.I.E
¿o en otro orden?

gracias a todos y esperando noticias de bjon para ver que tal le sale la cosa

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