De nuevo dudas II
Moderador: casarusia
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- Josep Merck
- Rusófilo amateur
- Mensajes: 73
- Registrado: 05/05/2006 18:54
- Ubicación: Bcn
De nuevo dudas II
Me había olvidado que una vez hayamos contraído matrimonio y si ha ella se le hubiese agotado el visado antes de obtener la residencia española, ¿debe de volver a su país? ¿ en caso de que no hiciese falta de volver a su país, dificultaría la obtención de la residencia?
Como te decía antes, lo mejor es que consultes con Extranjería. Por un lado, tu mujer estaría en situación de irregularidad, con visado caducado, pero por otro, al ser cónyuge de comunitario, pues tendría derecho a la residencia, pero al no haberla pedido ni disponer de la tarjeta de residencia o la solicitud, pues podría suponer un problema.
Todos estos "y si...", mejor que lo consultes con los de Extranjería o en el Ministerio del Interior (la sección de extranjería está muy bien hecha):
http://www.mir.es/SGACAVT/extranje/
Un saludo,
-
Antonio
Todos estos "y si...", mejor que lo consultes con los de Extranjería o en el Ministerio del Interior (la sección de extranjería está muy bien hecha):
http://www.mir.es/SGACAVT/extranje/
Un saludo,
-
Antonio
Una vez casada contigo, la única manera q tienen de echarla es q la aburras mucho y se cansé de tí y se vuelva x su propia voluntad. Con el libro de familia en la mano de aquí no la mueve nadie.
Y no dificulta en ningún caso la obtención d residencia el visado caducado.
Y no dificulta en ningún caso la obtención d residencia el visado caducado.
Ley de Extranjería, para la Reina Sofía.