Tramitación de la Tarjeta de Residencia

Visados, invitaciones, legalización de matrimonios.

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rusa
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Tramitación de la Tarjeta de Residencia

Mensaje por rusa »

Bueno, aportando también mi granito de arena en la recuperación de la información.

Para los que no sóis de Barcelona o Cataluña (sobre los que ya lo ha explicado gratulari aquí: http://www.casarusia.com/foro/viewtopic.php?t=1080 ), cuando estéis casados y vuestra pareja rusa esté ya empadronada, a la hora de tramitar su Tarjeta de Residencia en vuestra Extranjería local, los documentos necesarios podéis consultarlos aquí:
http://www.mir.es/SGACAVT/extranje/regi ... encia.html

Y las normás generales aquí:
http://www.mir.es/SGACAVT/extranje/regimen_comunitario/

A tener en cuenta:

- Vuestr@ espos@, por ser familiar de un miembro de la UE, tiene la "categoría" de comunitario o familiar del comunitario (o sea, cuando leáis los documentos de la pagina citada, siempre os corresponderán los puntos de regimen comunitario).

- En cualquier caso es muy aconsejable llamar/pasar por vuestra de Extranjería antes de preparar los papeles, para confirmar por si acaso qué papeles se necesitan, cuál es el procedimiento, si hay que pedir cita previa o no, cuales son los plazos, etc . Porque veo que en Cataluña los plazos son muchíiiisimo mayores que en Aragón por ejemplo (supongo que es por haber en Cataluña muchos más extranjeros, por tanto mayor volumen de trabajo en la Extranjería), y en Barcelona hay que pedir cita cuando en algunas otras ciudades puedes venir directamente y no hay ni colas ni citas previas - llegas, entras al despacho que los comunitarios tienen solo para ellos y en 10 minutos literalmente tienes todos los papeles entregados (o sea, no hay que esperar en colas en las puertas de la Extranjería, simplemente decir al guardía que sóis comunitarios y os dejan entrar sin esperas. Es mejor que al menos en la primera visita vosotros como españoles acompañéis a vuestr@ espos@, "mostrando" vuestro DNI en todas las puertas de la Extranjería). Resumiendo: preguntar/confirmar en vuestra Extranjería local cuales son los requisitos, plazos y los procedimientos en vuestra localidad en concreto.

- Cuando entreguéis los papeles, a vuestra pareja le darán un documento que confirma que los papeles han sido entregados y que está en trámites de la Tarjeta de Residencia. A partir de allí habrá que esperar una carta oficial con la resolución que se le concede la Tarjeta de Residencia a vuestra pareja (en el momento de entegar los papeles os dirán cuanto tiempo más o menos hay que esperar a esa carta. IMPORTANTE (ya que yo no me acuerdo con total seguridad) : sobre todo preguntad qué derechos tiene vuestr@ espos@ a partir de ese momento (o sea, desde que estreguéis los documentos y os dan un papel que "está en tramites de la Tarjeta de Residencia"). Porque uno de los puntos de la página citada dice:
... D) EFECTOS DE LA SOLICITUD Y PLAZO DE RESOLUCIÓN
La solicitud y tramitación de la tarjeta de residencia no supondrá obstáculo alguno a la permanencia provisional de los interesados en España, ni al desarrollo de sus actividades...


- Al recibir la carta de resolución, vuestr@ espos@ tendrá que ir otra vez a la Extranjería (o donde os indique la carta), pagará las tazas (unos 6-7 euros creo, habrá que ir al banco de al lado), le tomarán una huella dactilar, etc (en la carta veréis qué documentos hay que llevar) y le darán un resguardo que tiene la misma validez que la Tarjeta de Residencia o sea, con él ya se puede buscar trabajo y hacer todo, me parece que incluso viajar (preguntar por si acaso y que os lo expliquen en detalle) y os dirán que dentro de "tantos" días se puede venir ya a recoger el ORIGINAL de la Tarjeta de Residencia.

- Cuando vaya a recoger el original de la Tarjeta de Residencia que lleve el pasaporte extranjero!!! Eso no lo ponen en ningún sitio ni avisan (como norma general), salvo en un anuncio en la pared en la oficina de Extranjería que no todos leen.

- La Tarjeta de Residencia dará a vustr@ espos@ prácticamente los mismos derechos que tiene cualquier ciudadano español (salvo trabajar en administraciones públicas (o sea, de funcionario, de traductor jurado), votar y viajar sin visado a algunos países (como Reino Unido, por ejemplo) donde vosotros por ser españoles sí que podéis viajar sin visado. A la mayoría de los países de la UE podrá viajar sin visados.). Por lo demás - los mismos derechos y las mismas obligaciones. La gran ventaja es que vustr@ espos@ puede viajar a Rusia y entrar en España sin pedir visados, en cualquier momento.

Añadido 01.07.07. :
Aquí están las respuestas a muchas preguntas frecuentes: http://www.mir.es/SGACAVT/extranje/regi ... os2007.pdf
Última edición por rusa el 01/07/2007 01:39, editado 5 veces en total.

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rusa
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Renovación de la Tarjeta de Residencia

Mensaje por rusa »

La Tarjeta de Residencia tiene vigencia de 5 años. Para su renovación hay que hacer casí os mismos trámites que para su obtención inicial.

gratulari
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Mensaje por gratulari »

muchas gracias, rusa, por tu tema :)

escribiré un poquillo sobre tramites en Cataluña

La situacion ilegal de la mujer no es ningun impedimento para obtener la tarjeta comunitaria.

una vez casados llamad a extranjeria y pedid la cita... (no se puede pedirla antes que estes casados... me han dado cita solo 3 meses despues de solicitarla )

tel. de Extranjeria de BARCELONA 93.520.95.30 (para solicitar cita)
servicio de informacion (para hacer preguntas) 93.520.14.10 (depende de la suerte que tendreis... podeis tardar de 30 min a 1 hora )

E-mail: citaprevia_ue.barcelona@map.es


http://www.graduados-sociales.com/

en la pestaña Extranjeria , hay hojas informativas y formularios... en vuestro caso, igual que en nuestro necesitais hoja informativa 037 http://www.graduados-sociales.com/extranjeria/37.pdf ( sobre la legalizacion de papeles) y 048 http://www.graduados-sociales.com/extranjeria/48.pdf (lista de papeles necesitarios)....
si le faltan algunos papeles que vaya a consulado y escriba la autorizacion (poderes) a nombre de su madre o otro pariente que podria tramitar y solicitar todos estos papeles en rusia, por ejemplo papel de causas penales, etc....

un poco sobre la legalizacion de los papeles...


el papel de causas penales tiene vigencia de 3 meses sólo... esta claro que mientras esteis esperando la cita en extranjeria a la hora de la misma cita el certificado de causas penales ya habrá caducado :? lo suyo será que parientes de la esposa en rusia lo soliciten y pongan apostilla...

en Moscu hay que solicitarlo aqui "2-колобковский переулок, 8" , tarda un mes y alli mismo hay que preguntar donde se pone apostilla...

Certificado de causas penales tiene que llevar apostilla .. la apostilla no se pone en original, primero hay que ir al notario y hacer copia...

luego teneis unos opciones:
-traducirlo en consulado español en moscu y luego enviar a Ministerio de Asuntos Exteriores en Madrid para legalizarlo

-traducirlo en consulado rusol en españa y luego enviar a Ministerio de Asuntos Exteriores en Madrid para legalizarlo

- que lo traduzca interprete jurado en España... una vez traducido por interprete jurado el papel de causas penales no tiene que ser enviado a Madrid..no hace falta legalizarlo ... esta opcion es mucho mas facil... la lista de interpretes jurados en España http://www.rusbar.com/Content/pdf/traductores1.pdf

en Barcelona la primera traductora jurada en la lista es mejor, tarda solo 2 dias y cobra menos...

____________________________________
tambien quiero aclarar unos momentos si la esposa rusa tiene hijos...

se necesita el certificado de nacimiento de niño... tambien hay unas opciones de legalizarlo

- sin apostilla , traducirlo en consulado español en moscu y luego enviar a Ministerio de Asuntos Exteriores en Madrid para legalizarlo

- poner la apostilla (otra vez en la copia) y que lo traduzca interprete jurado,
una vez traducido por interprete jurado el certificado de nacimiento no tiene que ser enviado a Madrid..no hace falta legalizarlo ...


tambien se necesita el papel que es madre soltera (se hace en consulado ruso en España) o el papel que el padre biologico no tiene nada en contra (como se llama este papel pone exactamente en la lista de papeles)





ATENCION!
los requisitos para tarjeta comunitaria han sido actualizados el dia 1 de marzo 2007 ... http://www.graduados-sociales.com/extranjeria/48.pdf el certificado de causas penales ya no es necesario... :shock: :shock: :shock: lo demas es lo mismo... tanto follon por este papel y ahora no se necesita... no me lo puedo creer.. es muy buena noticia para los que todavia no lo han solicitado... :) de todos modos lo suyo seria llamar a la extranjeria y preguntarselo... :)


IMPORTANTE

es aconsejable de vez en cuando echar un vistazo a http://www.graduados-sociales.com/ pestaña Extranjeria - formularios... la segunda columna fecha de la ultima actualizacion de los requisitos... por si acaso para evitar los problemas..
[/u]
Última edición por gratulari el 11/03/2007 18:37, editado 6 veces en total.

casarusia
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Mensaje por casarusia »

Dejo este post como fijo, es una excelente contribución.
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Hey you, dont tell me theres no hope at all. Together we stand, divided we fall.

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acasanova
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SOBRE EMPADRONAMIENTO Y TARJETA DE RESIDENCIA

Mensaje por acasanova »

Buenas de nuevo, una consulta mas antes de volverme loco con todo esto ;-))

Resulta que empadrone a mi futura mujer (en 10 dias) en mi pueblo de origen, en Tarragona, para de esta forma agilizar todos los tramites del matrimonio ya que en poco mas de un mes desde que entregamos los papeles nos vamos a casar.

Pero ahora me surge una duda: nosotros vivimos en MAdrid, y de hecho mi idea es empadronarnos en Madrid ya mismo, el dia despues de casarnos, pero no se que influencia tiene esto para pedir la tarjeta de residencia. Debe pedirse en la provincia donde estas empadronado??

Puedo pedirla por ejemplo en Tarragona para ir mas rapido y empadronarme a continuacion en Madrid? Eso afecta a la tramitacion de la tarjeta, que la haya pedido en un sitio y luego este empadronado en otro?

Si es un problema pues lo hare todo en Madrid, pero creo que haciendolo en Tarragona me ahorrare esperas...

Saludos,

Toni.

gratulari
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Mensaje por gratulari »

has llamado a la extranjeria de Madrid? alli tambien hay que pedir cita y esperar o vas directamente? no entiendo p q quieres tramitar tarjeta en catalunya si vivis en madrid? si lo vas a tramitar en Catalunya tendreis que ir alli dos veces minimum ( a policia para dejar huellas :) y para recoger la tarjeta...) despues de la boda la empodronas en Madrid tranquilamente y ya esta...

lo suyo seria llamar a extranjeria de madrid y preguntar :roll:

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acasanova
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Mensaje por acasanova »

Pues si es lo que voy a hacer creo...aunque nunca responde el telf. de extranjeria de Madrid, llevo llamando toda la semana y no contesta siempre comunicando...estaran saturados me imagino.

Pues nada un saludo y gracias!! Me armare de paciencia y listos...:-))

Toni.

gratulari
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Mensaje por gratulari »

Hola a todos... estuvimos en Extranjeria ( no hay que hacer cola para entrar, hay que decir que teneis la cita y pasais directamente...)... aceptaron todos los papeles, a nadie le importaba que estaba en situacion ilegal... :) dieron la hoja para comisaria adonde tengo que ir la semana que viene para dejar huellas y en 30-40 dias tendré la tarjeta... (tarda igual que renovacion de DNI )... que alivio , de verdad :)

suerte a todos...

rafam
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Mensaje por rafam »

Hola gratulari!

Una consulta....la legalización del certificado de penales es la apostilla o legalización notarial??

DEspués, teneis los datos de la traductora jurada de Barcelona para ponernos en contacto?

Muchas graciassss. Aún nos queda para la cita (finales de mayo) pero hay que ir ya moviendo las cosas.

Saludooooooos

rafam
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Mensaje por rafam »

Hola Gratulari...Jejeje olvida el mensaje anterior que me he estado releyendo los mensajes y ya tengo las respuestas. :-)

Saludos y suerte a todos.

gratulari
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Mensaje por gratulari »

rafam escribió:Hola Gratulari...Jejeje olvida el mensaje anterior que me he estado releyendo los mensajes y ya tengo las respuestas. :-)

Saludos y suerte a todos.
:lol: me lo tradujo interprete jurado Natalia Innes Ramos , tarda solo 2 dias y cobra mucho menos en comparacion con otros... ponte en contacto con ella, alli pone su email en la lista de interpretes, enviale penales escaneado (sera copia con apostilla) o por fax y pide cita para recoger la traduccion y listos :)

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acasanova
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Mensaje por acasanova »

Ante que nada enhorabuena!!!! OParece que has llegado al final de este via crucis! ;-))

Yo me case este fin de semana, asi que ahora empieza lo mismo, esta semana tendre el certificado de penales traducido y con apostilla, entonces tendre que ir a Extranjeria en Madrid la proxima semana...pero me surge una cuestion...

- En mi trabajo me han propuesto ir un par de meses a Mexico, incluso acompañado por mi esposa (como luna de miel no estaria mal!), pero tiene que ser lo antes posile, en dos semanas por ejemplo.

Entonces, si vamos a extranjeria y nos aceptan todo cuanto tiempo tardan en volverte a llamar para las huellas etc.? uando tengo que ir yo, o solo es necesario que vaya ella??

Ella puede salir del pais incluso pedir nu visado a Mexico con el resguardo o es necesario para ello tener ya la documentacion en regla?

Un saludo y gracias!!

Toni.

gratulari
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Mensaje por gratulari »

acasanova escribió:Ante que nada enhorabuena!!!! OParece que has llegado al final de este via crucis! ;-))

Yo me case este fin de semana, asi que ahora empieza lo mismo, esta semana tendre el certificado de penales traducido y con apostilla, entonces tendre que ir a Extranjeria en Madrid la proxima semana...pero me surge una cuestion...

- En mi trabajo me han propuesto ir un par de meses a Mexico, incluso acompañado por mi esposa (como luna de miel no estaria mal!), pero tiene que ser lo antes posile, en dos semanas por ejemplo.

Entonces, si vamos a extranjeria y nos aceptan todo cuanto tiempo tardan en volverte a llamar para las huellas etc.? uando tengo que ir yo, o solo es necesario que vaya ella??

Ella puede salir del pais incluso pedir nu visado a Mexico con el resguardo o es necesario para ello tener ya la documentacion en regla?

Un saludo y gracias!!

Toni.
Enhorabuena! :D
a mi no me llamaron para las huellas... cuando me dieron el resguardo en extranjeria (copia de mi formulario con sello y resguardo para comisaria) dijeron que a partir del dia ** tenia que ir a comisaria para huellas... es decir en 10 dias despues de la cita en extranjeria tienes que ir para huellas a la comisaria ( supongo que tardan 10 dias para enviar tus papeles a comisaria)... alli tienen que darte numero de NIE y fecha para recoger el carnet... :)

no se si puede viajar con el numero de N.I.E , lo suyo seria que lo preguntes en extranjeria cuando tengais cita o en comisaria... lo que sé exacto es que puede empezar a trabajar con N.I.E ... :)

gratulari
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Mensaje por gratulari »

conforme voy tramitando todo os voy informando... que con el resguardo de la comisaria ya se puede empezar a trabajar pero para que le hagan el contrato tiene que obtener el numero de seguridad social ... dan el papel con el numero de seguridad social y ya puede empezar a trabajar.... aqui http://www.seg-social.es/inicio/?MIval= ... 1&ID=44084 ponen todos los requisitos, formularios y direcciones de oficinas de seguridad social...

ademas, con el papel que tendrá (mas resguardo de NIE, mas padron) hay que ir al ambulatorio para solicitar la tarjeta sanitaria (de plastico)

gratulari
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Mensaje por gratulari »

conforme voy tramitando todo os voy informando... que con el resguardo de la comisaria ya se puede empezar a trabajar pero para que le hagan el contrato tiene que obtener el numero de seguridad social ... dan el papel con el numero de seguridad social y ya puede empezar a trabajar.... aqui http://www.seg-social.es/inicio/?MIval= ... 1&ID=44084 ponen todos los requisitos, formularios y direcciones de oficinas de seguridad social...

ademas, con el papel que tendrá (mas resguardo de NIE, mas padron) hay que ir al ambulatorio para solicitar la tarjeta sanitaria (de plastico)

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