Eso es posible, pero uno se puede meter en un lío gordo si lo descubren (aunque no es tan fácil que lo hagan). Conozco a alguien que tiene nacionalidad inglesa y española, lo cual sería legalmente imposible. Nació en España con madre gallega y padre inglés. Su padre lo anotó en el consulado inglés como ciudadano de ese país mientras se hacía lo propio en el registro civil español. Cuando se trata de un recién nacido con padres de distinta nacionalidad es fácil conseguir ciudadanías incompatibles sin que los respectivos estados se enteren.
Si uno ya es adulto, en el caso de que se solicite la nacionalidad española se le exige la renuncia expresa a la otra nacionalidad. No sé si luego se puede volver a recuperar la nacionalidad a la que se había renunciado sin que España se entere.
Variación apellido ruso en hijos españoles
Moderador: casarusia
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- Vladiвосток
- Moderador
- Mensajes: 5289
- Registrado: 19/04/2006 16:07
- Ubicación: Провидения
Re: apellidos en matrimonio ruso-español
Ya se ha dicho en otros temas del foro que es diferente tener doble (hay casos de más) nacionalidad reconocida que tener dos nacionalidades. Y también que aunque en España un extranjero tenga que renunciar a su nacionalidad, en el caso de los ciudadanos rusos, seguiran conservando la nacionalidad rusa en Rusia.
- España y Rusia, separadas por la distancia y unidas por el corazón.©
Vladiвосток
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- Rusófilo curioso
- Mensajes: 7
- Registrado: 14/03/2012 22:59
Apellidos de mi bebe!!!
Hola, me gustaria que me ayudarias, mi mujer es rusa yo español, en junio nacera nuestro bebe, un niño. Mi pregunta es la siguiente, yo me apellido Vega.... mi mujer Malinina, nuestro hijo se apellidara XXX Vega Malinina, apellido femenino en Rusia. Quiero saber si se puede cambiar el apellido al niño por el apellido masculino que seria en Rusia Malinin, en un futuro si tuvieramos una niña tendria que apellidarse Vega Malinin como su hermano o se podria cambiarse?. Tendria algun problema el bebe por por apellidarse diferente a su madre?. Espero sus respuestas, muchas gracias.
Re: Variación apellido ruso en hijos españoles
Bueno, en el caso masculino ya queda muy claro que pasa en el caso de los apellidos, pero, como es mi caso, qué sucede cuando en el matrimonio la mujer es española y el hombre ruso?
Como se ha dicho por aquí, en el caso de la mujer, es imposible coger apellidos del marido? Yo no quiero cambiar mis apellidos, pero me surge la duda de si al llevar todos los documentos no nos pondrán pega, porque en el documento que hay que entregar al final especifica cuáles son los apellidos que toma la mujer, y la chica nos dijo que era obligatorio rellenarlo.
A la hora de él tomar apellido español, sabéis si es obligatorio que sea mi primer, o segundo apellido?
En fin, que lío.
En el caso de hombre español, mujer rusa está todo bastante masticadito, pero cuando se invierte el caso se hace todo un poco más complicado.
Espero que alguien me ayude un poco con este tema!
Como se ha dicho por aquí, en el caso de la mujer, es imposible coger apellidos del marido? Yo no quiero cambiar mis apellidos, pero me surge la duda de si al llevar todos los documentos no nos pondrán pega, porque en el documento que hay que entregar al final especifica cuáles son los apellidos que toma la mujer, y la chica nos dijo que era obligatorio rellenarlo.
A la hora de él tomar apellido español, sabéis si es obligatorio que sea mi primer, o segundo apellido?
En fin, que lío.
En el caso de hombre español, mujer rusa está todo bastante masticadito, pero cuando se invierte el caso se hace todo un poco más complicado.
Espero que alguien me ayude un poco con este tema!
Re: Variación apellido ruso en hijos españoles
Este tema ya se ha tratado en el foro, puedes ver la información en entradas anteriores.Hola, me gustaria que me ayudarias, mi mujer es rusa yo español, en junio nacera nuestro bebe, un niño. Mi pregunta es la siguiente, yo me apellido Vega.... mi mujer Malinina, nuestro hijo se apellidara XXX Vega Malinina, apellido femenino en Rusia. Quiero saber si se puede cambiar el apellido al niño por el apellido masculino que seria en Rusia Malinin, en un futuro si tuvieramos una niña tendria que apellidarse Vega Malinin como su hermano o se podria cambiarse?. Tendria algun problema el bebe por por apellidarse diferente a su madre?. Espero sus respuestas, muchas gracias.
Cada vez que veo a un niño con un apellido ruso en femenino me resulta tan ridículo y ofensivo para el niño que no puedo entender la desidia de sus padres al mantener esa aberración y más aún teniendo en cuenta que la legislación española permite la adaptación de apellidos extranjeros.
Вылезай, буржуи! Будем вас судить.
За измену Родине будете платить.
За измену Родине будете платить.
Re: apellidos en matrimonio ruso-español
[quote="casarusia"]En España es posible que tu mujer cambie el apellido, simplemente requiere más papeleo y más perdida de tiempo en el proceso burocrático. La decisión de si compensa es vuestra (imagino que además de cambiar el apellido en los documentos españoles lo tendrá que cambiar en los documentos rusos -pasaportes, etc...)
Respecto a los hijos, alguien me contaba que al ir a registrar a su hijo, por quitar la -a del apellido de la madre se le pedían unos papeles adicionales que lo justificasen. En otros casos el funcionario de turno no pedía nada. Por las experiencias que yo conozco, depende del funcionario que te toque. Y por supuesto, la decisión de poner el apellido materno tal cual o en masculino, también es vuestra y solo vuestra.
Saludos[/quote]
Pues citando su comentario, deje que le explique... Estamos en el año 2018, prácticamente a mediados de Octubre... La semana pasada nació mi hija fruto de mi relación con una mujer rusa. Estamos casados y ya tenemos un hijo; en consecuencia... nuestro hijo, en base al artículo 200 del Reglamento del Registro Civil y la nota consular que aportamos en su día, se apellidó con la variante masculina del apellido de mi mujer... hasta aquí no hay problemas... todos contentos y los abuelos orgullosos. El otro día, yo como ciudadano español, padre que se siente contento por ver nacer a su hija decido recoger toda la documentación y dirigirme al registro civil de mi población. No hay problema, todos los documentos son correctos... pero... ¡oh! el encargado del registro civil (en este caso un gestor procesal y administrativo) me dice que el primer registro de mi hijo estuvo mal hecho, que en España las leyes que tienen preferencia son las españolas, que si el primer encargado, que entonces había allí, decidió aceptar el papel consular y hacer servir lo establecido en el artículo 200 del Reglamento del Registro Civil Español, ese era su problema, pero que lo había hecho mal... (Así pues parece ser que en el 2014 alguien lo hizo mal según este señor). Ciertamente, después de un primer momento de indignación pensé... Esto es surrealista... me dicen que la normativa que se tiene que hacer servir es la española pero después me dice que el artículo ese si es así como yo digo pues... que si no me aceptan el registro que lo recurra a la Dirección General de Registradores... Sin embargo, hicieron el asentamiento del nacimiento en el libro de familia tal y como yo les había pedido y me dieron las copias oportunas para los trámites que tendré que hacer posteriormente en otras administraciones así como en el Consulado Ruso... Entonces... después de mucho bibliografiarme y ver que hay resoluciones como la que aquí os reseño (Resolución de 24 de junio de 2016 (13a)) en la que, haciendo un resumen, dicen que si el primer hijo fue registrado con un apellido materno, el segundo tiene que seguir la misma línea... y después de leer muchos de los comentarios de este foro, no pudiendo encontrar las resoluciones que dicen que defienden justamente lo contrario imponiéndose lo establecido en el artículo 200 del RRC... después de todo eso mi pregunta es... ¿Qué puede pasar ahora? Porque en principio tenemos el libro de familia tal y como mi mujer y yo queremos, con nuestro hijo registrado con el apellido en variante masculina y nuestra hija registrada con el apellido en variante femenina... entonces pregunto... ¿Podrían echarnos para atrás la inscripción? Lo digo porque por nacimiento mi hija es obviamente española, ha nacido aquí, pero por herencia si su madre es rusa, por Ius Sanguini, un hijo o hija nacidos de una ciudadana rusa siempre serán rusos... así pues... ¿Puede la ley española estigmatizar a una persona simplemente porque alguien no quiere reconocer lo que dice el artículo 200 del RRC en su vertiente menos restrictiva? Es decir... ¿Debemos confiar en que el encargado de turno tenga un buen día o en que en el momento del registro informático en la DGRNN estén comprensivos? Y es aquí a donde vengo a venir, porque usted dice... depende del funcionario que te toque... Ciertamente es muy frustrante ver como un tema como este en que al Reino de España ni le va ni le viene se me ponen las cosas tan difíciles; porque al fin y al cabo el primer apellido que es el mío, el español, es el que no varía y no se está perjudicando a nadie; y el segundo apellido denota el origen de mis hijos... En cierta forma siento que se estaría perjudicando a mi hija si nos obligan a variar el apellido y nos obligan a utilizar la variante masculina... porque de una tacada mi país estaría demostrando que sí o sí, esto no es un tema de libertades... sinceramente, desbordado por el intento de buscar información certera, de ver si puedo prepararme para el caso de que me denieguen la inscripción o que me abran un expediente de rectificación a mis espaldas... tan sólo puedo decir que agradecería cualquier información que me pudierais brindar. Llevo por aquí leyendo unos cuantos años y siempre he apreciado mucho la ayuda que ofrecéis y habéis dado más de uno... (aunque no lo he agradecido y pido disculpas) Sin esta web y este foro mi vida hubiera sido mucho más difícil. Así que aunque sea tarde os doy las gracias. Y si alguno puede alumbrarme un poco sobre este tema que os acabo de comentar le estaré muy agradecido. En un futuro os explicaré cuál fue, es y puede que sea mi historia; que empezó como historia de amor por una mujer rusa y seguirá siendo una historia de amor por una mujer rusa... (De Extranjería habría mucho que decir... Pero tanto aquí en España como en la Federación Rusa, porque los "ZAGS" y los "MOI DOCUMENTI" de hoy en día (Como yo les llamo) son toda una historia. Ahora el tiempo me apremia en esto que os acabo de explicar pero en el futuro prometo ponerme y explicaros bien mi historia. ¡Hasta pronto! y perdón por la extensión del mensaje.
Respecto a los hijos, alguien me contaba que al ir a registrar a su hijo, por quitar la -a del apellido de la madre se le pedían unos papeles adicionales que lo justificasen. En otros casos el funcionario de turno no pedía nada. Por las experiencias que yo conozco, depende del funcionario que te toque. Y por supuesto, la decisión de poner el apellido materno tal cual o en masculino, también es vuestra y solo vuestra.
Saludos[/quote]
Pues citando su comentario, deje que le explique... Estamos en el año 2018, prácticamente a mediados de Octubre... La semana pasada nació mi hija fruto de mi relación con una mujer rusa. Estamos casados y ya tenemos un hijo; en consecuencia... nuestro hijo, en base al artículo 200 del Reglamento del Registro Civil y la nota consular que aportamos en su día, se apellidó con la variante masculina del apellido de mi mujer... hasta aquí no hay problemas... todos contentos y los abuelos orgullosos. El otro día, yo como ciudadano español, padre que se siente contento por ver nacer a su hija decido recoger toda la documentación y dirigirme al registro civil de mi población. No hay problema, todos los documentos son correctos... pero... ¡oh! el encargado del registro civil (en este caso un gestor procesal y administrativo) me dice que el primer registro de mi hijo estuvo mal hecho, que en España las leyes que tienen preferencia son las españolas, que si el primer encargado, que entonces había allí, decidió aceptar el papel consular y hacer servir lo establecido en el artículo 200 del Reglamento del Registro Civil Español, ese era su problema, pero que lo había hecho mal... (Así pues parece ser que en el 2014 alguien lo hizo mal según este señor). Ciertamente, después de un primer momento de indignación pensé... Esto es surrealista... me dicen que la normativa que se tiene que hacer servir es la española pero después me dice que el artículo ese si es así como yo digo pues... que si no me aceptan el registro que lo recurra a la Dirección General de Registradores... Sin embargo, hicieron el asentamiento del nacimiento en el libro de familia tal y como yo les había pedido y me dieron las copias oportunas para los trámites que tendré que hacer posteriormente en otras administraciones así como en el Consulado Ruso... Entonces... después de mucho bibliografiarme y ver que hay resoluciones como la que aquí os reseño (Resolución de 24 de junio de 2016 (13a)) en la que, haciendo un resumen, dicen que si el primer hijo fue registrado con un apellido materno, el segundo tiene que seguir la misma línea... y después de leer muchos de los comentarios de este foro, no pudiendo encontrar las resoluciones que dicen que defienden justamente lo contrario imponiéndose lo establecido en el artículo 200 del RRC... después de todo eso mi pregunta es... ¿Qué puede pasar ahora? Porque en principio tenemos el libro de familia tal y como mi mujer y yo queremos, con nuestro hijo registrado con el apellido en variante masculina y nuestra hija registrada con el apellido en variante femenina... entonces pregunto... ¿Podrían echarnos para atrás la inscripción? Lo digo porque por nacimiento mi hija es obviamente española, ha nacido aquí, pero por herencia si su madre es rusa, por Ius Sanguini, un hijo o hija nacidos de una ciudadana rusa siempre serán rusos... así pues... ¿Puede la ley española estigmatizar a una persona simplemente porque alguien no quiere reconocer lo que dice el artículo 200 del RRC en su vertiente menos restrictiva? Es decir... ¿Debemos confiar en que el encargado de turno tenga un buen día o en que en el momento del registro informático en la DGRNN estén comprensivos? Y es aquí a donde vengo a venir, porque usted dice... depende del funcionario que te toque... Ciertamente es muy frustrante ver como un tema como este en que al Reino de España ni le va ni le viene se me ponen las cosas tan difíciles; porque al fin y al cabo el primer apellido que es el mío, el español, es el que no varía y no se está perjudicando a nadie; y el segundo apellido denota el origen de mis hijos... En cierta forma siento que se estaría perjudicando a mi hija si nos obligan a variar el apellido y nos obligan a utilizar la variante masculina... porque de una tacada mi país estaría demostrando que sí o sí, esto no es un tema de libertades... sinceramente, desbordado por el intento de buscar información certera, de ver si puedo prepararme para el caso de que me denieguen la inscripción o que me abran un expediente de rectificación a mis espaldas... tan sólo puedo decir que agradecería cualquier información que me pudierais brindar. Llevo por aquí leyendo unos cuantos años y siempre he apreciado mucho la ayuda que ofrecéis y habéis dado más de uno... (aunque no lo he agradecido y pido disculpas) Sin esta web y este foro mi vida hubiera sido mucho más difícil. Así que aunque sea tarde os doy las gracias. Y si alguno puede alumbrarme un poco sobre este tema que os acabo de comentar le estaré muy agradecido. En un futuro os explicaré cuál fue, es y puede que sea mi historia; que empezó como historia de amor por una mujer rusa y seguirá siendo una historia de amor por una mujer rusa... (De Extranjería habría mucho que decir... Pero tanto aquí en España como en la Federación Rusa, porque los "ZAGS" y los "MOI DOCUMENTI" de hoy en día (Como yo les llamo) son toda una historia. Ahora el tiempo me apremia en esto que os acabo de explicar pero en el futuro prometo ponerme y explicaros bien mi historia. ¡Hasta pronto! y perdón por la extensión del mensaje.